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Sentenciado a 13 años por homicidio

Loja (Loja).- Con base en las pruebas exhibidas por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Wiliam A. a trece años de pena privativa de libertad, al ser declarado culpable del delito de homicidio, ocurrido en febrero de 2015.

El Tribunal también dispuso una reparación integral a favor de los familiares de la víctima, que incluirá un monto económico (a ser determinado en la sentencia escrita), así como medidas de protección y garantías de no repetición.

El hecho por el cual fue sentenciado Wilman A. ocurrió el 26 de febrero de 2015, frente al coliseo Bernardo Valdivieso, en Loja. El hombre, víctima del homicidio, se encontraba ingiriendo bebidas alcohólicas con un grupo de cinco personas, entre ellas el ahora sentenciado. De forma repentina, el homicida lo atacó con un cuchillo, provocándole una herida mortal.

Aunque el proceso investigativo avanzó en los años posteriores, estuvo suspendido hasta el 6 de mayo de 2024, cuando Wilman A. fue finalmente detenido.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó las pruebas obtenidas durante la investigación, entre ellas varios testimonios, como el de la pareja del hombre agredido, quien relató que antes mantuvo una relación con el agresor y que posteriormente inició una nueva con la víctima, con quien tuvo un hijo.

Además, se expuso el acta de levantamiento del cadáver y el informe de la autopsia, que confirmó la causa de muerte. También, se incluyó el informe investigativo, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y otras pruebas documentales. Adicionalmente, se sumaron varias pericias psicológicas que evidenciaron la afectación emocional de los familiares de la víctima a causa del crimen.

El análisis integral de las pruebas permitió al Tribunal acoger el pedido de Fiscalía y dictar la pena máxima prevista para este tipo penal.

Información jurídica

El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad diez a trece años. (FGE)