Pujilí (Cotopaxi), 01 de mayo de 2025.- Luego de haber valorado los elementos probatorios presentados por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa determinó que José C. R. es autor directo del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a gran escala. Por tal motivo, fue sentenciado a veintidós años de pena privativa de libertad.
Según las investigaciones, el 26 de julio de 2024, el procesado se movilizaba en una camioneta por la vía Pujilí-La Maná. Durante un control de rutina, agentes de la Policía Nacional le ordenaron detener la marcha. Al revisar el vehículo, encontraron varias maletas que contenían 150 paquetes con clorhidrato de cocaína, con un peso neto de 149.577 gramos.
En la audiencia de juzgamiento, Fiscalía presentó los testimonios de los policías aprehensores y del agente investigador, así como del perito que practicó la inspección ocular técnica, el reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias físicas.
También testificaron el perito de química forense y la propietaria del vehículo, quien indicó que alquiló verbalmente la camioneta al procesado desde noviembre de 2023.
Además, se expuso el acta de verificación y pesaje de la sustancia y el informe de explotación del teléfono celular del sentenciado, en el que se evidenciaron mensajes con un contacto identificado como “el primito”, con quien coordinaba las cargas para los viajes.
Todos estos elementos fueron determinantes para que el Tribunal emita el fallo condenatorio en su contra.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en gran escala, está tipificado en el artículo 220, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)
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