Guamote (Chimborazo).- Edison Bladimir M. F. fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad, luego de haber sido declarado culpable del delito de violación perpetrado contra una adolescente de 13 años.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal Multicompetente de Guamote demostró que, el 24 de septiembre de 2024, alrededor de las 06:50, en el sector conocido como “Chilcaloma”, del cantón Guamote, el ahora sentenciado –aprovechando que mantenía una relación de amistad con la víctima– le ofreció llevarla en motocicleta hasta el colegio donde estudiaba.
La joven aceptó. Sin embargo, en el trayecto, el ahora sentenciado tomó un camino de tercer orden, donde la intimidó, la agredió físicamente y consumó el delito. Luego de la agresión, la dejó en su institución educativa.
La víctima relató lo ocurrido a sus docentes, quienes alertaron al ECU 9-1-1. Con esta información, agentes de la Policía Nacional iniciaron una búsqueda ininterrumpida que permitió ubicar y aprehender al ahora sentenciado en delito flagrante, para ser puesto a órdenes de Fiscalía.
Estos hechos fueron demostrados durante la audiencia de juicio con la presentación de pruebas como: las versiones de agentes aprehensores, los testimonios del perito médico-legista y del perito psicólogo –quienes confirmaron las afectaciones físicas y emocionales sufridas por la víctima–, y el testimonio anticipado de la adolescente.
Con base en estos elementos probatorios, el Tribunal emitió la pena máxima agravada para el delito imputado. La sentencia incluye, además, el pago de una reparación integral a la víctima y la disposición de que el Ministerio de Salud Pública le brinde atención psicológica.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La pena ordinaria prevista es de diecinueve a veintidós años de prisión.
En este caso, el Tribunal aplicó agravantes conforme a:
- Artículo 47, numeral 11: cuando la infracción se comete en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad.
- Artículo 48, numeral 9: cuando el agresor conocía a la víctima con anterioridad a la comisión del delito.
FGE
Mas noticias
3 procesados guardan prisión preventiva por presunto delito de robo
7 personas privadas de libertad son procesadas por ingreso de artículos prohibidos a la Penitenciaría del Litoral
Sentenciados a 19 años por tráfico de drogas en alta escala