Guayaquil (Guayas), 20 de junio de 2025.- El Juez de Garantías Penales que dirigió la audiencia dictó medidas cautelares de presentación semanal y prohibición de salida del país para Washington M. V., vinculado a una empresa exportadora. Esto, pese al pedido de prisión preventiva formulado por Fiscalía, tras el hallazgo de 948,1 kilos de clorhidrato de cocaína ocultos en un contenedor cuyo destino era Francia.
El 18 de junio, durante un operativo ejecutado por personal de la Unidad de Flagrancia Sur Valdivia y de la Unidad de Puertos y Aeropuertos (UIPA) de la Policía Nacional, se inspeccionaron las instalaciones del Puerto Marítimo Narpotec, en Trinipuerto, en el sur de Guayaquil.
En uno de los contenedores, que transportaba una carga de atún de exportación, se encontraron varios sacos de yute con 950 bloques tipo ladrillo de clorhidrato de cocaína, equivalentes a 948,1 kilos.
Un delegado de la empresa exportadora que estuvo presente durante la inspección fue aprehendido en el lugar, trasladado a la Unidad Judicial Sur Valdivia para rendir su versión, y luego puesto a órdenes de la autoridad competente.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso presentó varios elementos de convicción, entre ellos: los partes informativos y de aprehensión, la prueba de identificación preliminar homologada, el acta de verificación y pesaje de la droga, el informe de inspección ocular técnica, la versión del aprehendido, entre otras evidencias.
Pese a los elementos expuestos, el Juez de Garantías Penales no acogió el pedido de prisión preventiva presentado por Fiscalía. En su lugar, dispuso medidas cautelares no privativas de libertad y emitió la boleta de excarcelación.
El cierre de la instrucción fiscal está previsto para dentro de treinta días.
Información jurídica
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 220, numeral 1, literal d) del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en gran escala. Esta infracción está sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (FGE)
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