Lago Agrio (Sucumbíos), 26 de junio de 2025.- Tarquino A. O. actualmente tiene 84 años de edad. Sobre la base de las pruebas presentadas por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales lo sentenció a diecinueve años de privación de la libertad –como autor directo– del delito de la violación.
El fallo incluye el pago de 600 salarios básicos del trabajador y una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima.
La Fiscal del caso informó al Tribunal Penal que el procesado se aprovechó de una relación de amistad que mantenía con la madre de la víctima. Él le pedía a la mujer que envíe a la adolescente a su negocio para que juegue con una sobrina.
Bajo esa coartada, entre el 2018 y 2019, el procesado violó a la adolescente desde que era una niña de 11 años. La última vez que la ultrajó fue en el cuarto de un motel, días después de haber cumplido 13 años de edad. El acusado ‘compraba’ su silencio dándole 5, 10 y hasta 20 dólares.
Lo expuesto en la audiencia de juicio por los peritos médico-legal, psicológico y de entorno social; así como por una testigo que trabaja en una fundación de atención a mujeres víctimas de violencia, fueron coherentes al explicar cómo se dieron los hechos. Sus testimonios rendidos en el juicio se basaron en lo que la víctima les contó por separado.
También compareció el perito que desarrolló el reconocimiento del lugar de los hechos, tanto en el negocio del procesado como en el motel donde también se cometió la violación.
Apelación de Fiscalía
La causa transcurrió con impases que llevaron, incluso, a que la víctima –en su testimonio anticipado– se retracte a lo que inicialmente contó durante la práctica de las pericias.
La Fiscal explicó al Tribunal que el acusado y la madre de la adolescente llegaron a un acuerdo económico por 14.000 dólares para que no impulse el avance del proceso. Parte del dinero, dijo, fue entregado en la oficina del abogado del acusado. Mientras que el resto, se consensuó en diferentes fechas.
Esto fue corroborado por la adolescente agredida, durante el relato que entregó en el examen médico-legal y en la valoración psicológica.
Ella dijo que el agresor acordaba con su madre para que la envíe hasta su negocio, en donde ocurrían los abusos. Sin embargo, precisó, en una ocasión decidió no ir, lo que le representó un castigo físico por parte de la progenitora.
Esto motivó a que la Fiscal también procese a la madre en calidad de cómplice del delito, pero en el juicio, el Tribunal ratificó su estado de inocencia al considerar que “(…) no son conductas suficientes para determinar, más allá de toda duda razonable, que (la mujer) actuó en forma dolosa y que haya facilitado o cooperado con actos secundarios anteriores o simultáneos a la agresión sexual”.
Además, los jueces se refirieron al proceso de negociación de los 14.000 dólares, que motivaron a que la víctima se retracte en su testimonio anticipado. En su sentencia escrita explicaron que “(…) son actos posteriores a la ejecución del delito y que (esta conducta) no se adecúa al grado de complicidad”.
Al no estar de acuerdo con esa parte del fallo, la Fiscal del caso apeló esta decisión ante la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos y está a la espera de la fecha y hora para que se sustancie el recurso. Los jueces de segunda instancia decidirán si sentencian a la madre de la víctima o si ratifican el estado de inocencia.
Información jurídica
Tarquino A. O. fue sentenciado con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal. La norma sanciona al delito de violación con una pena de diecinueve a veintidós años si la víctima es menos a 14 años. (FGE)
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