𝐀𝐦𝐛𝐚𝐭𝐨 (𝐓𝐮𝐧𝐠𝐮𝐫𝐚𝐡𝐮𝐚).- Rubén Darío A. R. fue sentenciado a 10 años de privación de libertad, tras ser declarado culpable –en calidad de autor directo– del homicidio de un hombre con quien consumía bebidas alcohólicas el día del crimen.
La Fiscalía General del Estado demostró ante el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua, que conoció la causa, la responsabilidad del ahora sentenciado en los hechos ocurridos el 2 de febrero de 2025, en el centro de Ambato.
Según la investigación, ese día –desde tempranas horas–, Rubén Darío A. R. y la víctima libaban en la vía pública. Cerca de las 14:40, ambos acudieron a una tienda para comprar más licor. Luego, se dirigieron a unas canchas cercanas, donde continuaron bebiendo.
En la audiencia de juicio, la Fiscal a cargo del caso expuso que, en ese contexto, se produjo una discusión que escaló hasta terminar en un ataque mortal. El altercado se habría desencadenado por la falta de licor y la presencia de un tercer individuo, identificado como alias “Pinocho”.
La víctima fue encontrada sin vida, tendida sobre una acera entre las calles Imbabura y León Cevallos. Una herida punzocortante en el tórax –que le causó una laceración pulmonar– fue la causa de su muerte, según determinó la autopsia médico-legal.
Aunque Rubén Darío A. R. intentó desviar la responsabilidad hacia alias “Pinocho”, Fiscalía demostró que esas aseveraciones carecían de sustento. Los testimonios de vecinos, familiares, así como los indicios materiales levantados en la escena, lo ubicaron como el único acompañante de la víctima en el momento del crimen. Además, se identificaron múltiples contradicciones en sus declaraciones iniciales.
Entre las pruebas presentadas por Fiscalía constaron: máculas de sangre encontradas en la ropa del procesado, cuyo perfil genético coincidía con el de la víctima, según una pericia forense; un análisis que reveló la presencia del mismo perfil en el zapato derecho del ahora sentenciado; el testimonio del dueño de la tienda donde ambos adquirieron licor momentos antes del crimen; y los testimonios de otros testigos que lo vincularon directamente con los hechos.
El Tribunal acogió los elementos expuestos por Fiscalía y dictó sentencia condenatoria. Además, impuso una multa de cuarenta salarios básicos unificados y ordenó el pago de 20.000 dólares como reparación integral a favor de los familiares de la víctima.
𝐈𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚
Este caso se procesa según lo dispuesto en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de homicidio.
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