Cuenca (Azuay), 22 de agosto de 2025.- Anderson Javier V., Emerson Alexander N., Josué Eduardo L. y Segundo Yonsin C. fueron sentenciados a treinta años de privación de libertad por el asesinato de Jonathan P., de 29 años. El hecho ocurrió el 1 de octubre de 2024, dentro del Centro de Privación de Libertad (CPL) Azuay N° 1.
El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa dispuso que los sentenciados cancelen 198.720 dólares por concepto de reparación integral a los familiares de la víctima.
En la audiencia de juicio, el Fiscal a cargo de la investigación demostró que Jonathan R. y otros privados de libertad se encontraban en la celda veintitrés del Centro de Detención Provisional (CDP), cuando de forma sorpresiva ingresaron cuatro reclusos portando armas blancas. De inmediato se dirigieron hacia la víctima, a quien le propinaron varias puñaladas que le causaron la muerte.
Agentes de las Fuerzas Armadas escucharon gritos de auxilio y acudieron al pabellón para verificar lo que estaba sucediendo. Al ingresar al pasillo, observaron a Segundo Yonsin C. y Josué Eduardo L. arrojando dos armas blancas al piso, por lo que fueron aprehendidos.
Tras evidenciarse su participación en el hecho, Anderson Javier V. y Emerson Alexander N. también fueron aprehendidos, mientras se encontraban en su celda. Los cuatro implicados tenían manchas de sangre en sus manos y en sus prendas de vestir.
La pericia médico-legal determinó que la víctima recibió 125 puñaladas en diferentes partes del cuerpo.
En su testimonio, la perita que practicó la prueba de ADN confirmó que se encontró perfil genético de la víctima en los dos cuchillos, en las prendas de vestir incautadas y en un hisopado tomado de la mano de Segundo Yonsin C.
Durante el juicio, Fiscalía reprodujo los testimonios anticipados de los compañeros de celda de la víctima, quienes presenciaron los hechos. También rindieron testimonio los militares y agentes de la Policía que investigaron el caso y practicaron diligencias.
Información jurídica
El delito de asesinato está tipificado y sancionado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con privación de libertad de veintiséis a treinta años. (FGE)
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