Quito (Pichincha).- El fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, concluyó con su dictamen acusatorio contra veinticuatro acusados —entre ellos el exvicepresidente de la República, Lenín M., su esposa, su hija y sus hermanos— por su presunta participación en el delito de cohecho.
Sobre la base de veintiocho elementos de convicción comunes y 602 individuales, Fiscalía acusó:
- a cinco procesados como presuntos autores directos de cohecho activo,
- a cuatro como autores directos (entre ellos el exvicepresidente Lenín M.), y
- a catorce en calidad de cómplices del mismo tipo penal.
Entre los elementos más relevantes constan veintidós asistencias penales internacionales provenientes de Panamá, Suiza, Estados Unidos, Belice y España.
Además, Fiscalía expuso el anuncio probatorio que presentará en una eventual audiencia de juicio. Este incluye: los testimonios de sesenta y cinco testigos y treinta y cuatro peritos; 175 pruebas documentales y doce cadenas de custodia.
Durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, iniciada el 27 de agosto de 2025, el titular de la Fiscalía General del Estado señaló que la trama de corrupción gira en torno a la adjudicación del contrato público para la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, cuyo costo superaría los 1.979 millones de dólares y cuya ejecución dependía de un crédito proveniente de China.
Añadió que funcionarios de alto nivel y empresarios se habrían concertado para favorecer a la empresa Sinohydro, recibiendo como contraprestación dádivas indebidas.
Con base en su dictamen acusatorio, el Fiscal General (s) solicitó que los veinticuatro procesados sean llamados a juicio. Asimismo, Fiscalía solicitó que se ratifiquen las medidas de carácter personal contra catorce de ellos. En el caso de cuatro acusados, contra quienes pesa orden de prisión preventiva, se solicitó oficiar a Interpol para la emisión de una difusión roja.
Respecto a tres procesados más, se requirió que se dicte orden de prisión preventiva por incumplir las medidas cautelares establecidas en el artículo 522, numerales 1, 2 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En lo que corresponde a Lenín M., Judith G. e Irina M., Fiscalía solicitó que la presentación periódica se lleve a cabo de manera presencial en la Corte Nacional de Justicia, en lugar de en las sedes consulares de Asunción (Paraguay) y Miami (EE. UU.).
En cuanto a las medidas de carácter real, con el fin de garantizar el posible pago de la multa y una eventual reparación integral al Estado ecuatoriano, Fiscalía solicitó se disponga la incautación de dieciséis bienes inmuebles. Entre estos se incluye un departamento ubicado en el norte de Quito, de propiedad de Lenín M., y un departamento en Alicante (España), de propiedad de María Auxiliadora P. Para este último ya se ha enviado una asistencia penal internacional, con la finalidad de que se efectivice —en el momento procesal oportuno— la incautación con fines de decomiso.
Finalmente, el conjuez nacional Olavo Hernández suspendió el quinto día de audiencia y dispuso su reinstalación para el lunes 22 de septiembre a las 08:30, con el fin de dar inicio a la intervención de las defensas frente al dictamen acusatorio de Fiscalía.
Información jurídica
Este caso se judicializa por el delito de cohecho, conforme lo establecen los artículos 285 y 290 del Código Penal (norma vigente a la fecha de los hechos) y que actualmente se encuentra recogido en el artículo 280 del COIP. (FGE)
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