Caluma (Bolívar), 10 de noviembre de 2025.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Ángel L. a la pena máxima de veintiséis años de prisión, al determinar su autoría directa en el femicidio de su pareja.
La víctima residía junto a su hijo y Ángel L. en un inmueble ubicado en el cantón Caluma, provincia de Bolívar. En marzo de 2023, el hijo de la mujer salió de vacaciones con su padre. Durante ese tiempo, ella permaneció en la vivienda con el ahora sentenciado, sin mantener comunicación con sus familiares.
El 19 de abril de 2023, los parientes reportaron su presunta desaparición a la Policía Nacional. Paralelamente, acudieron al domicilio donde convivía con el ahora sentenciado y encontraron el cuerpo sin vida de la mujer, cubierto con cobijas y junto a un martillo. Tras el crimen, Ángel L. huyó del lugar.
Luego de varias diligencias investigativas, fue localizado días después en otra provincia, durante un operativo de búsqueda.
En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas en la investigación, entre ellas, el informe de autopsia médico-legal, que determinó como causa de muerte un traumatismo craneoencefálico ocasionado de manera directa por un objeto contundente. También estableció que el fallecimiento habría ocurrido aproximadamente tres semanas antes del hallazgo del cuerpo. Además, se incluyeron los informes de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, y la pericia psicológica practicada al agresor.
Las pruebas demostraron que la víctima fue sometida a un ciclo de violencia basada en género, con agresiones físicas y psicológicas reiteradas por parte de su pareja durante cuatro años de convivencia, las cuales se intensificaron progresivamente hasta causarle la muerte.
Con base en la carga probatoria expuesta por Fiscalía, el Tribunal declaró la culpabilidad de Ángel L. en el delito de femicidio. El monto de la multa y reparación integral serán notificados en la sentencia escrita.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso conforme al artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de femicidio, sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (FGE)

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