La Troncal (Cañar).- Luis Fernando F. fue sentenciado a cuatro años de privación de libertad como coautor del delito de extorsión cometido contra un ciudadano en el cantón La Troncal.
En la audiencia de juicio directo, el Juez que conoció la causa dispuso además que el sentenciado pague a la víctima 140 dólares, monto que había sido entregado como parte del dinero exigido.
Durante sus alegatos, la Fiscal del caso expuso que, entre el 9 de diciembre de 2025 y el 4 de enero de 2026, el ciudadano recibió mensajes extorsivos a través de la aplicación WhatsApp y mediante un panfleto colocado en el parabrisas de su vehículo.
En los mensajes se le exigía el pago de 10.000 dólares a cambio de brindarle “seguridad” y no atentar contra él ni su familia. Aunque inicialmente bloqueó uno de los números telefónicos, continuó recibiendo amenazas desde otros dos contactos. Por temor, accedió a responder y negoció la entrega de 5.000 dólares.
Como parte del acuerdo, fue obligado a hacer dos depósitos iniciales de 140 dólares, mientras que el valor restante quedó pendiente para otra fecha.
Tras la denuncia, el 5 de enero de 2026, personal de la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión (Unase), junto con otras unidades policiales, allanó un inmueble en el sector Puente Palo, en La Troncal, donde fue detenido Luis Fernando F. En su poder se encontró un teléfono celular que contenía los mensajes extorsivos enviados a la víctima.
Durante el juicio, Fiscalía demostró la responsabilidad del ahora sentenciado con los testimonios de la víctima, de la propietaria de la cuenta bancaria utilizada para recibir los depósitos, de los agentes de la Unase y del perito que efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos. También se presentó el informe de informática forense con la información extraída del celular incautado.
Información jurídica
El delito de extorsión está tipificado en el artículo 185, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (FGE)

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