Guayaquil (Guayas).- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria agravada de cuarenta años de prisión contra Andreína Geomara L. S., declarada autora del asesinato de su madre, Martha S., ocurrido en octubre de 2025 en el sector Sauces 9, en el norte de Guayaquil.
La desaparición de la víctima fue reportada el 5 de octubre de 2025 por un familiar. A partir de la denuncia, la Dirección Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas y Desapariciones (Dinased) inició diligencias investigativas que incluyeron la revisión de cámaras de seguridad y la recopilación de testimonios.
El 16 de octubre, tras la alerta de allegados por olores provenientes del inmueble, la Policía ingresó al departamento y encontró los restos desmembrados de la víctima dentro de una lavadora y un recipiente plástico.
La ahora sentenciada fue aprehendida y, durante las primeras diligencias, confesó la autoría del crimen y el posterior descuartizamiento del cuerpo. Las investigaciones también determinaron que intentó desviar las sospechas abandonando pertenencias de su madre en distintos sectores de la ciudad para simular una desaparición.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías, a cargo del caso, presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales que acreditaron la responsabilidad penal de la acusada. Entre ellas constaron doce testimonios de agentes investigadores, peritos y familiares; informes policiales; el protocolo de autopsia; el informe de levantamiento del cadáver; pericias de extracción de información de teléfonos celulares; y análisis de videos de seguridad.
El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa concluyó que la procesada actuó con alevosía y ensañamiento, por lo que impuso la pena máxima agravada para el delito imputado. Además, ordenó el pago de una multa equivalente a 2.000 salarios básicos unificados y dispuso una reparación integral de 50.000 dólares para los familiares de la víctima.
Información jurídica
La sentencia se sustentó en el artículo 140, numerales 1, 2, 5 y 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con las agravantes previstas en el artículo 47, numerales 1, 6 y 7 del mismo cuerpo legal, lo que permitió incrementar la pena en un tercio. (FGE)

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