Presunto autor del delito de estafa es llamado a juicio

Riobamba (Chimborazo), 24 de febrero de 2026.- Fiscalía presentó los elementos de convicción suficientes para que el Juez de Garantías Penales que conoció la causa dicte auto de llamamiento a juicio contra Irving Rodolfo T. M., quien habría vendido un inmueble que no era de su propiedad, causando un perjuicio de 5.000 dólares a las víctimas.

Este proceso se inició luego de haber recibido la denuncia de una pareja de esposos, quienes indicaron haber sido estafados por el ahora procesado, a quien le habían entregado 5.000 dólares bajo la promesa de la venta de una casa ubicada en la ciudadela Pucará, en Riobamba.

Irving Rodolfo T. M. –quien tiene en su contra otros procesos penales por el mismo delito– se presentó ante los afectados como representante legal de la agencia inmobiliaria Mandala, que ofertaba el bien sin que este fuera de su propiedad ni contara con autorización para su venta.

Las víctimas, en diciembre de 2022, pagaron 5.000 dólares en efectivo al involucrado en las oficinas de la inmobiliaria, como adelanto del valor acordado, que era de 37.000 dólares en total. Al pasar los días, la pareja afectada reclamó por la demora. Días después, el ahora procesado dejó de responder sus llamadas y mensajes.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la titular de la Fiscalía de Patrimonio Ciudadano No. 1 sustentó su dictamen acusatorio y presentó el anuncio de prueba, que incluye: testimonio de las víctimas, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia de los perjudicados, el informe de sus movimientos bancarios y el certificado de datos de identificación, entre otros.

Al final de la diligencia, el Magistrado ratificó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del acusado, así como la retención de cuentas y la prohibición de enajenar bienes por un monto de 10.000 dólares.

Información jurídica

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)