Quito (Pichincha), 15 de abril de 2026.- Luego de haber analizado las pruebas expuestas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Luis Marcelo S. M. a veintidós años de pena privativa de libertad, con agravantes, en calidad de autor directo del delito de violación. La víctima tenía 10 años cuando ocurrió el hecho.
El fallo incluye el pago de una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados y 10.000 dólares como medida de reparación integral a la víctima. Además, se dispuso que reciba tratamiento psicológico, el cual será proporcionado por la entidad pública competente.
El hecho investigado, a cargo de la Fiscalía Especializada de Violencia de Género, ocurrió entre 2013 y 2014, en un inmueble ubicado en Conocoto, en el cantón Rumiñahui.
Luis Marcelo S. M. quedaba al cuidado de su nieta. En varias ocasiones, aprovechaba cuando la niña ingresaba a su habitación para cometer el delito. Tras agredirla, el ahora sentenciado le pedía que no contara lo sucedido.
En 2021, la víctima relató lo ocurrido a sus padres, quienes de inmediato denunciaron el hecho.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas, entre las que se destacan: el testimonio anticipado de la víctima; el testimonio de los agentes aprehensores y de la madre de la pequeña; el examen médico-legal ginecológico practicado a la niña; la pericia psicológica; y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito de violación tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya sanción es una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años cuando la víctima sea menor de catorce años. Se aplicó la agravante establecida en el artículo 48, numeral 5 del mismo cuerpo legal. (FGE)

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