Quito (Pichincha), 27 de junio de 2023.- Gilber P. atentó contra la integridad sexual de su propia hija. Fiscalía lo procesó y lo llevó a juicio, etapa en la que se demostró que la madrugada del 6 de agosto de 2017 abusó sexualmente de la adolescente, que para entonces tenía 16 años.
De acuerdo a la investigación fiscal, un día antes, la víctima fue a visitar a su padre quien, debido a la separación con su madre, vivía en otra residencia.
Como ya había ocurrido en otras ocasiones, se acostó a dormir en la misma cama con su progenitor, pero aquella madrugada ocurrió algo diferente que le marcó la vida. Su sueño se interrumpió por un dolor en su zona genital.
Cuando salió del estado de somnolencia, la joven se percató que la blusa que cubría su pecho estaba subida y que su pantalón lo tenía abajo. En medio de su confusión y dolor vio a su padre recostado junto a ella. Él estaba desnudo.
Ante la propuesta del hombre para mantener relaciones con su propia hija, la víctima se puso de pie y salió del inmueble rumbo a su casa.
La madre de la joven, quien también testificó en el juicio, se enteró de lo ocurrido y puso una denuncia para iniciar acciones penales contra Gilber P., hoy sentenciado a una pena privativa de la libertad de seis años y ochos meses.
En la audiencia de juicio, la Fiscal Especializada en Violencia de Género de Tumbaco, presentó como prueba la reproducción del testimonio anticipado de la adolescente.
Los jueces también escucharon a la médica-legista, al perito psicólogo forense que valoró a la víctima, así como al agente de la Unidad Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes que tomaron procedimiento ese día y acompañaron la investigación de Fiscalía.
El testimonio de la especialista que practicó la pericia de entorno social y el reconocimiento del lugar de los hechos también fueron valorados por el Tribunal que, en su resolución, identificó que el procesado adecuó su conducta en el delito de abuso sexual contra su hija, quien –junto a su madre y hermano– deberán recibir tratamiento psicológico del Ministerio de Salud Pública.
Por orden de los jueces, el acusado tendrá que pagarle a la víctima la suma de 2.000 dólares, como medida de reparación.
Información jurídica
El Tribunal Penal sentenció a Gilber P. con base en el artículo 170, inciso primero del Código Orgánico Integral Penal. Además, consideró la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 5 del mismo cuerpo legal, pues era parte del núcleo familiar de la víctima. (FGE)
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