Quito (Pichincha), 18 de julio de 2023.- La sentencia condenatoria a veinte meses de prisión que recibió Joffre P. fue ratificada por la Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
Los jueces rechazaron el recurso de apelación planteado por su defensa. El procesado pretendía convencerlos que su privación de la libertad es innecesaria y que valoren la aplicación de la suspensión condicional de la pena.
La Fiscal de la causa refutó este argumento, motivando que Joffre P. no puede acogerse a este beneficio, debido a que su conducta delictiva es recurrente, pues ya tiene sentencias por otras causas.
Además, recordó a los magistrados la conmoción social que vive el país por el uso indiscriminado de armas de fuego para cometer actos delictivos y que es importante precautelar el bien jurídico que es la seguridad ciudadana.
Con lo expuesto, a la Corte no le quedó duda sobre la necesidad de privar de la libertad a Joffre P., por el delito cometido el 3 febrero de 2023, cuando se movilizaba armado con un revolver a bordo de un taxi.
A más de rechazar el recurso de apelación del recurrente, también ratificaron la multa de 2.475 dólares que le impuso un Juez, cuando fue sentenciado mediante una audiencia de procedimiento abreviado.
Antecedente
La noche en que se registró la aprehensión, Joffre P. tomó –junto a otra persona más– una carrera en la terminal de Quitumbe.
Según la versión del taxista, durante el trayecto por la avenida Mariscal Sucre, los dos individuos lucían nerviosos y le pedían –en tono amenazante– que vaya más rápido.
El comportamiento extraño de los pasajeros hizo que el conductor emita, disimuladamente, una señal de alerta a unos policías que también transitaban por esa ruta. Los agentes detuvieron la marcha del automotor y requisaron a todos los ocupantes.
Según la versión de uno de los agentes aprehensores, Joffre P. tenía en su mochila un revólver cargado con seis municiones.
La defensa del procesado pidió a Fiscalía que acepte un procedimiento abreviado por dicha conducta delictiva, derecho al que la Institución no se opuso, por el principio de economía procesal.
Información jurídica:
Tras aceptar los hechos que se le atribuyeron, Joffre P. fue sentenciado a 20 meses con base en el artículo 360, inciso segundo del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Luego de un análisis de los hechos imputados, Fiscalía consensuó con la defensa del procesado la pena privativa de la libertad, conforme el artículo 363 del COIP, que rige el trámite para aplicar el procedimiento abreviado. (FGE)
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