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Así subirá el pago con tarjeta de crédito en el exterior por alza de ISD desde abril de 2024

El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) subirá de 3,5% a 5% con la entrada en vigencia de la Ley para enfrentar el conflicto armado interno, que fue publicada en el Registro Oficial el 12 de marzo de 2024.

Según el Servicio de Rentas Internas (SRI), el cobro de la nueva tarifa de 5% comenzará desde el 1 de abril de 2024, según lo dispuesto en el artículo 11 del Código Tributario. ¿A quién beneficia la rebaja del Impuesto a la Salida de Divisas? ¿Quiénes pagarán más ISD? El ISD es un impuesto que deben pagar empresas y personas cuando realizan operaciones que implican la salida de dólares de Ecuador.

En el caso de las personas naturales, hay tres grupos de personas que deben pagar el ISD: Los ecuatorianos que viajan al extranjero y llevan dinero en efectivo o usan sus tarjetas de crédito y débito en el extranjero para hacer compras.

Las personas que están en Ecuador, pero usan sus tarjetas de crédito y débito para pagar bienes y servicios de empresas extranjeras, lo que implica hacer pagos al exterior. Aquellos que envían dinero a familiares o amigos a través de couriers de remesas o de transferencias bancarias.

Estas son las respuestas a las dudas frecuentes sobre el pago de ISD: Para los viajeros Un contribuyente que sale de Ecuador, por turismo o trabajo, está exento de pagar ISD si lleva un valor en efectivo menor a tres salarios básicos (USD 1.380 en 2024). Si se pasa de ese valor, la tarifa de ISD se grava sobre el excedente. Por ejemplo, si lleva USD 2.000 en efectivo, el contribuyente debe pagar ISD sobre USD 620.

Considerando que la tarifa subirá a 5%, el ISD a pagar sería de USD 31 en este caso. Con la tarifa actual, de 3,5%, el impuesto es de USD 21,7. Compras con tarjetas en el extranjero Cuando viaja al exterior y realiza compras con tarjeta de crédito o débito, el valor máximo que puede gastar libre de ISD es USD 5.109,8 al año. Esta tarifa se mantendrá hasta 2024. Si sus compras son mayores a esa cifra, tendrá que pagar ISD sobre el valor excedente.  

Cuando use tarjetas en el país Las compras con tarjeta de crédito o débito a empresas domiciliadas en el exterior y realizadas desde Ecuador están libres de ISD si el monto es de hasta tres salarios básicos; es decir USD 1.380 en 2024. En este grupo entran las compras en tiendas virtuales como Amazon, Alibaba y Wish.

También son empresas domiciliadas en el exterior las de servicios de streaming, como Netflix, HBO y Spotify. Envío de remesas Las personas que hacen envíos de remesas al exterior, mediante transferencias bancarias o a través de empresas de courier, pagan ISD cuando exceden los tres salarios básicos cada 15 días; esto es USD 1.380 si se toma en cuenta que el salario básico de 2024 es USD 460. En este caso también se debe pagar el ISD solo sobre el valor excedente.

El SRI explica que este monto tope se aplica para un período quincenal, comprendido entre el 1 y el 15 o entre el 16 y el último día de cada mes. Si una persona envía USD 5.000 al año a algún familiar en el exterior deberá pagar el impuesto sobre USD 3.620. Con una tarifa de 5%, el impuesto sería de USD 181. Con la tarifa actual, de 3,5%, el ISD a pagar sería de USD 126,7.   ¿Pagan ISD los estudiantes? Un contribuyente que viaja al exterior por estudios está exonerado de pagar ISD, siempre que estudie en instituciones reconocidas en Ecuador.

No hay límite para que los estudiantes saquen del país la cantidad de dinero que requieran para pagar sus estudios sin tributar ISD. Para la exoneración deben hacer una solicitud ante el Servicio de Rentas Internas (SRI). Quien no haya hecho el trámite y haya pagado el ISD al salir de Ecuador podrá solicitar la devolución. ¿Y el ISD para gastos en salud? También están exentas del pago del ISD las personas que salgan de Ecuador por enfermedades catastróficas.

Estas personas podrán sacar del país, sin pagar este impuesto, una cantidad de dinero equivalente al 50% de una fracción básica gravada con tarifa cero de Impuesto a la Renta; es decir, USD 5.951 en 2024. Entre los gastos exonerados están: hospitalización, cirugías, exámenes, honorarios médicos, medicamentos, terapias médicas y medicina prepagada contratada en el exterior. (DIARIO CORREO)

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