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6 sentenciados por el asesinato de Agustín Intriago y Arianna Chancay

Manta (Manabí), 01 de abril de 2024.- Luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado durante la audiencia de juicio, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró culpables a seis personas –en el grado de coautores– por el asesinato del (ex) alcalde de Manta, Agustín Intriago, y de la deportista Arianna Chancay.

Al finalizar el juicio –que duró más de mes– los jueces dictaron sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión para Jean Carlos A., José Manuel M., Sara Amada C., Luis Darío E., Richard Saúl V. y Jairo Alexander C.

Según explicó el Fiscal del caso, el hecho investigado ocurrió el 23 de julio de 2023 en un evento público en el que participaba el funcionario (+). En ese lugar fue atacado con varios disparos, lo que causó su muerte. Producto del ataque también falleció Ariana Chancay, deportista de la localidad, quien se encontraba junto a él en el evento.

De inmediato se organizó un operativo que permitió la aprehensión de los hoy procesados en distintos cantones de Manabí y Guayas, quienes –con base en los elementos de convicción recabados– fueron procesadas por su presunta participación en el delito.

Mas de treinta y siete testimonios (de peritos, analistas, investigadores y testigos) fueron presentados por Fiscalía para demostrar la responsabilidad de los imputados en el delito. Además, se incluyeron –como principales elementos probatorios– los informes investigativos, el rastreo de llamadas, la información extraída de cámaras de seguridad (que revelaron que los ahora procesados dieron varias vueltas por la zona hasta que encontraron el momento para ejecutar el ataque) y las evidencias encontradas durante los allanamientos (vehículos, dos morteros, dos granadas, un arma de fuego tipo fusil calibre 5.56, municiones calibre 5.56, una pistola calibre 9 mm con su cargador, ocho chalecos antibalas para fusil, tres autos robados, 4.480 dólares en efectivo, equipos de comunicación como celulares y radio frecuencia).

También, el acta de levantamiento del cadáver, el informe de protocolo de autopsia, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y gran cantidad de prueba documental que complementó lo expresado por los convocados a rendir testimonio.

Tras haber analizado los elementos expuestos durante la audiencia, el Tribunal acogió la tesis de Fiscalía que señala que todos los sentenciados participaron en calidad de coautores, puesto que el rol de cada uno de ellos fue funcional dentro de un plan común, aportando a la ejecución del delito.

Información jurídica

Este caso es procesado por el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica y sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. En este caso se aplicaron agravantes a la infracción. (FGE)