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Sala Penal ratifica sentencia de 29 años de prisión para condenado por violación

Caluma (Bolívar).- La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Bolívar ratificó la pena privativa de la libertad –de veintinueve años y cuatro meses– para Josué Alexis I. B., como autor directo de la violación a su prima de 14 años: cometió el delito –de forma reiterada– entre 2017 y 2018.

Además, los jueces ratificaron el pago de una multa de ochocientos salarios básicos unificados y de 200 dólares como indemnización por daños y perjuicios.

En primera instancia, Fiscalía demostró que los hechos se registraron en el domicilio de la víctima, ubicado en la entrada del Recinto al Triunfo del cantón Caluma, provincia Bolívar. Josué Alexis I. B., aprovechando que se quedaba a solas con su prima, la agredía sexualmente.

La adolescente le contó lo que ocurría a su profesora del colegio. Luego, el 28 de febrero de 2018, en una reunión familiar, el ya sentenciado confesó haber perpetrado el delito.

El Fiscal de la causa fundamentó su acusación en la audiencia de juicio, con base en las pruebas recabadas, entre las que se incluyeron: el testimonio anticipado de la víctima, el informe médico-legal y el informe psicológico, mismo que concluyó afectaciones en la agraviada, como ansiedad, entre otras.

Estas pruebas fueron valoradas de manera correcta por parte del Tribunal de primer nivel, lo que fue ratificado por los jueces de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Bolívar, que ratificaron la condena contra Josué Alexis I. B.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con la circunstancia agravante tipificada en el artículo 48, numeral 5, del mismo cuerpo legal: compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima. (FGE)