Colta (Chimborazo), 29 de mayo de 2024.- Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo acogió las pruebas documentales, periciales y testimoniales expuestas por Fiscalía, y –por unanimidad– dictó sentencia de cinco años de privación de libertad para Ingrid Adriana S. N., como autora directa del delito de estafa.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal multicompetente del cantón Colta relató que los hechos ocurrieron el 1 de junio de 2022. La procesada habría utilizado la red social Facebook para hacerse pasar por un familiar de la víctima.
A través de este medio, le informó que había enviado una maleta con mercadería valorada en 24.400 dólares, a través de una empresa de transporte de carga, pero que –previamente– debía pagar 4.880 dólares, dinero que fue depositado en una cuenta bancaria a nombre de la ahora sentenciada.
Luego de darse cuenta de que fue víctima de una estafa, el afectado presentó la denuncia, lo que permitió iniciar las investigaciones correspondientes para la ubicación de la mujer y su posterior procesamiento penal.
El Fiscal del caso presentó como pruebas ante el Tribunal: las certificaciones bancarias de las transferencias por 4.880 dólares hecha por la víctima a Ingrid Adriana S. N., movimientos bancarios de la cuenta de la procesada, en los que registra el dinero solicitado; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, testimonios, entre otras.
Además, la sentenciada deberá pagar una multa de doce salarios básicos unificados (5.400 dólares) y tendrá que devolver (firmó un acta de devolución) 4.880 dólares a favor del perjudicado.
Información jurídica
El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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