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3 procesados por tráfico de drogas a gran escala

Manta (Manabí), 10 de junio de 2024.- La Fiscalía General del Estado inició un proceso penal contra Jimmy Ch., Cristhian M. y Anthony M. por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización a gran escala. El Juez que conoció la causa dictó prisión preventiva para todos.

Los tres procesados fueron interceptados en altamar, a bordo de una lancha rápida, por parte de un guardacostas de la Armada del Ecuador que cumplía un patrullaje. La intervención se ejecutó, debido a que el lugar donde fueron hallados no es habitual para labores de pesca y al tipo de embarcación.

Una vez a bordo de la lancha, y luego de una inspección de la misma, se encontró un doble fondo con el cargamento ilegal, por esa razón fueron transportados al Puerto de Manta para ser entregados a la Policía Nacional.

Tras haber practicado el análisis preliminar de la sustancia encontrada, se estableció que se trata de cocaína, por esa razón los tres fueron aprehendidos y –con base en los elementos de convicción recabados– Fiscalía les formuló cargos horas después.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal que conoció la causa presentó, como principales elementos de convicción, el parte policial en el que se informaron los detalles de la aprehensión y las evidencias encontradas (teléfonos celulares, dispositivos de rastreo satelital, documentación perteneciente a los aprehendidos).

También se expusieron: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de pesaje y verificación de la sustancia encontrada, que dio positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso de 1.158 kilos. Además, encontraron dos paquetes (con un peso de 2.346 gramos) que contenían droga sintética que todavía está bajo análisis.

Para el Juez de Garantías Penales, los elementos de convicción fueron suficientes para dictar prisión preventiva contra los procesados, acogiendo el pedido de Fiscalía.

Información jurídica

El artículo 220, inciso primero, literal d (gran escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP) determina una pena privativa de liberta de diez a trece años para quien cometa el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización. (FGE)

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