Manta (Manabí), 27 de junio de 2024.- El Tribunal de Garantías Penales de Manabí que conoció la causa –con base en las pruebas presentadas en el juicio– dictó sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de pena privativa de libertad para Jean Carlos M., como autor del asesinato de un hombre. El crimen se registró en Manta, en diciembre de 2023.
En la audiencia de juicio, los jueces escucharon los hechos por los cuales se inició el proceso penal. El Fiscal del caso narró que –durante la investigación– se conoció que, la noche del 26 de diciembre de 2023 en el barrio Santa Lucía, parroquia Eloy Alfaro, en Manta, se produjo una balacera en la que falleció una persona y otras tres resultaron heridas.
Luego de que varios de los moradores del sector reportaron los hechos, agentes de Policía acudieron al lugar. Con la información obtenida, se inició un operativo, durante cuya ejecución se observó un automóvil de similares características a las recabadas, que iba a exceso de velocidad. El conductor, al percatarse de la presencia policial, perdió el control y se impactó contra un vehículo que estaba estacionado.
Eso fue aprovechado por los gendarmes para proceder con la aprehensión del ya sentenciado. En su poder se encontró un arma de fuego, municiones y varios indicios relacionados con el hecho. De inmediato fue puesto a órdenes de Fiscalía para el inicio del proceso penal.
En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó ocho pruebas periciales, tres testimoniales y cinco documentales, entre estas: el acta de levantamiento del cadáver, el informe de autopsia, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el parte policial de aprehensión y el acta de levantamiento de evidencias, además de los testimonios de los policías que participaron en el procedimiento.
Concluida la presentación de pruebas –y luego del análisis respectivo–, el Tribunal acogió el pedido del Fiscal del caso e impuso la pena agravada para el procesado.
Información jurídica
El artículo 140, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. En este caso se aplicaron las agravantes del artículo 47, numerales 5 y 14. (FGE)
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