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Sala Penal ratifica sentencia de 29 años de prisión para procesado por la violación a una adolescente

La Libertad (Santa Elena), 09 de julio de 2024.- Con base en los argumentos expuestos por Fiscalía, la Sala de Garantías Penales de Santa Elena –por unanimidad– rechazó el recurso de apelación a la sentencia interpuesto por la defensa técnica de Freddy Andrés M. M. y ratificó la condena dictada por el Tribunal de primera instancia (13 de mayo de 2024): veintinueve años y cuatro meses de prisión por la violación perpetrada contra su hijastra, una adolescente de 13 años (a la fecha de los hechos, octubre de 2020).

En la diligencia, los jueces confirmaron, además, el pago de una multa de 800 salarios básicos (360.000 dólares) y de 15.000 dólares como reparación material a la víctima, y ratificaron las medidas de protección a favor de la agraviada y de la denunciante (su madre), previstas en el artículo 558, numerales 1, 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): prohibición del procesado a acercarse a la víctima y parientes, y que realice actos de intimidación por sí mismo o a través de terceros contra la víctima y su núcleo familiar.

Los magistrados también dispusieron asistencia médica y psicológica para la afectada.

En la diligencia, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género a cargo de la causa justificó –nuevamente– las pruebas que demostraron la responsabilidad penal del procesado en primera instancia. Entre estas: los testimonios de los agentes investigadores de la Policía Judicial, del médico legista, de la psicóloga y el testimonio anticipado de la víctima y de la denunciante.

Además, expuso los informes médico-legal (que demostró la materialidad de la infracción), investigativo y de reconocimiento del lugar de los hechos.

Contexto

Según la investigación, Freddy Andrés M. M. abusó sexualmente –desde 2018– de la adolescente cuando ella tenía 13 años, aprovechando que se encontraban a solas en el domicilio. El victimario obraba con facilidad contra la agraviada y –luego de agredirla sexualmente– la amenazaba de muerte para que no contara lo ocurrido.

Después de dos años de continuos abusos sexuales, la víctima le contó lo sucedido a su progenitora. Le dijo que su padrastro había empezado el abuso tocando sus partes íntimas, para después de algún tiempo violentarla sexualmente.

Producto de las agresiones sexuales, habría quedado embarazada en dos ocasiones, por lo que su agresor la obligó a abortar, haciéndole ingerir pastillas.

Freddy Andrés M. M. ya fue sentenciado a seis años y ocho meses de prisión por el delito de abuso sexual, el 12 de octubre de 2020. Esta es su segunda condena (ya ratificada) por un delito de este tipo.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso segundo, numerales 4 y 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona al infractor con pena privativa de libertad máxima de veintidós años. Contra Freddy Andrés M. M. se consideraron las agravantes contempladas en el artículo 48, numerales 4 y 5, del mismo cuerpo legal, lo que incrementó en un tercio la pena impuesta. (FGE)

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