Quito (Pichincha), 11 de julio de 2024.- La Fiscalía de Personas Desaparecidas obtuvo sentencia condenatoria por la desaparición involuntaria con resultado de muerte de Edwin Antonio A. G.
Erick Daniel R. Ch. y Xavier Patricio V. E. fueron condenados a cumplir una pena máxima agravada de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión. También deberán pagar una multa de 1.000 salarios básicos unificados y una reparación integral de 5.000 dólares a los familiares de la víctima, como autores del delito, cometido con ensañamiento y entre dos o más personas (circunstancias agravantes).
Entre el 4 y 5 de julio de 2023, una serie de eventos se concatenaron hacia el descubrimiento de un crimen que sus autores creyeron pasaría como “perfecto”.
En la comida griega
La noche del 4 de julio de 2023, un grupo de cinco personas comía en un restaurante ubicado en la Shyris y Portugal, en el norte de Quito.
Dos hombres, con uniformes de repartidores de comida, ingresaron al lugar, miraron a su alrededor y luego se fueron.
Diez minutos después, seis sujetos armados irrumpieron y gritaron: “¡Esto es un asalto!”.
Uno de ellos apuntó a José H. (uno de los comensales y amigo de la víctima), quien volteó la mesa donde se encontraban y corrió hacia una puerta del local, que después supo que era el cuarto frío de la comida. A los demás les quitaron celulares y billeteras, también se preguntaban –entre los asaltantes– a cuál de los sometido en el piso debían llevarse secuestrado.
Uno de los que se encontraba en el piso vio como golpeaban, con la cacha de la pistola, a Edwin Antonio A. G., a quien le decían “Toñito”, y otro observó cuando lo tomaron por los pies y lo sacaron por la fuerza del restaurante para subirlo a un auto.
Tras haber llamado al ECU 9-1-1 y alertado a la Unase, el grupo de amigos empezó la búsqueda de “Toñito”, rastreando sus celulares desde otros dispositivos. Captaron una señal –que se desvaneció minutos después– en Carcelén Bajo y otra en la Mitad del Mundo.
En La Roldós
El personal de turno de levantamiento de cadáveres acudió, a las 10:30 del 5 de julio de 2023, hasta la quebrada de Chitahuaico, en el sector de La Roldós.
Vecinos habían visto que, a las 10:00, se estacionó un auto al filo de la quebrada y que “botaban algo”. Al acercarse, vieron un saco con manchas de sangre y unos diez metros más abajo, sobre la pendiente, un cuerpo.
Con la Dinased y Criminalística en alerta, se levantó el cadáver y se recolectaron –como indicios– un saco y un papel en el que habían escrito: “POR SAPO”.
En la comida manabita
A las 07:00 del 5 de julio de 2023, José H. y otro amigo se reunieron en el segundo piso de un restaurante, ubicado en las avenidas Amazonas y Eloy Alfaro. Mientras comían, esperaban a las personas con las que habían estado la noche del secuestro de “Toñito”.
Uno de ellos ingresó al local. Entonces, José vio que un joven entró atrás de él, subió hasta donde estaban reunidos y se sentó al frente, observándolos fijamente.
Alertado por esas miradas, José lo encaró y obligó a entregar su celular para revisar mensajería instantánea y galería de fotos: encontró mensajes borrados y fotografías de él, de la noche anterior, en el restaurante de comida griega. Acto seguido lo sometió y llamó a la Policía.
En la Cruz del Papa
Casi al unísono, los equipos de Dinased y Unase, junto con la Fiscalía de turno, se reunieron en el parque de La Carolina para cotejar la información: el cadáver encontrado en La Roldós correspondería a la misma persona que secuestraron una noche antes.
Los investigadores de campo llamaron a José H. para que acudiera al lugar e indicarle la fotografía del cadáver. Al llegar, el hombre dijo que se trataba de “Toñito”.
También les informó que el hombre que había hecho aprehender en el local de comida manabita, era uno de los que los había asaltado y llevado a su amigo: se trataba de Erick Daniel R. Ch., de 20 años.
Al allanar su domicilio –en circunstancia flagrante– se levantaron teléfonos celulares y cédulas de dos ciudadanos colombianos (muertos en la penitenciaría del Litoral, el 7 de octubre de 2023) y uno venezolano.
En la audiencia de juicio
El perito que extrajo la información del celular de Erick Daniel R. Ch., expuso los hallazgos ante el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa, en Quito.
Se establecieron los pormenores de la organización del secuestro y posterior crimen –liderado por alias “El Invisible” (a quien debían reportar)–, que debía ejecutar alias “Lobo invisible”, pero que iba dirigido contra José H., de quien –incluso– se encontró una foto (de su licencia de conducir).
Entre los indicios también se hallaron logos del GDO “Los Lobos” y del Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG).
También se detalló la compra de un auto Kia “que en Quito roban por montones”. Una persona les pedía 2.000 dólares, pero le ofrecieron 1.500, “porque es para matar, igualmente se va a perder”, dicen en los audios.
Se determinó, además, que Erick Daniel R. Ch. envió mensajes desde los exteriores del restaurante de comida griega “¡con todo, lobos!” y se encontraron audios con los siguientes mensajes (entre otros):
“¡Ahorita le cogemos, estamos con el man, alista los fierros, ya vamos!”
“Ya va el amarrao, cuñao, tranquilo que ya está cogido”.
“Mándale una foto, causa”.
“Posi, posi ahí escríbale al invisible, cuñao”.
“Empiécelo ahí al Invisible, que no le he enviado bro ya ahí tan coordinado los muchachos, ya lo cogieron”.
Sin embargo –dijo el Fiscal– se equivocaron de blanco para secuestrar, según la extracción de la información: “Ábranse nomas porque parece que el man que cogieron esos manes no es”.
Fiscalía presentó entre las pruebas, el resultado de la extracción de huellas dactilares en el papel que encontraron junto al cadáver de “Toñito”: se obtuvo una huella de Xavier Patricio V. E., quien fue vinculado en el trascurso del proceso.
El protocolo de autopsia determinó que la víctima murió estrangulada con un cordón de zapato, después de ser objeto de tortura, con golpes y puñaladas. El seguimiento de la ruta de los teléfonos indicó que antes de matarlo, lo trasladaron a Carcelén Bajo y a la Mitad del Mundo, para terminar en La Roldós.
Información jurídica
El delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): la persona que prive de la libertad, retenga, arrebate, desaparezca, traslade a lugar distinto a una o más personas, en contra de su voluntad y niegue información de su paradero o destino, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años.
Si se produce la muerte de la víctima, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. También se consideraron las agravantes, que aumentan en un tercio la pena. (FGE)
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