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2 procesados por presunto secuestro extorsivo

Quevedo (Los Ríos), 30 de julio de 2024.- Fiscalía inició un proceso penal contra Winston I. y Darío V., presuntos responsables del secuestro extorsivo de un hombre, que fue rescatado por agentes de la Policía Nacional. A cambio de liberar a la víctima, los captores exigían una fuerte cantidad de dinero.

El hecho ocurrió en el sector “La Esperanza” del cantón Quevedo.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, Fiscalía señaló que el hecho fue informado por el padre de la víctima, quien señaló que su hijo –cuando se dirigía a su trabajo– había sido llevado en contra de su voluntad por un grupo de personas armadas.

Pocas horas después recibió mensajes de texto y videos, a través de los cuales le exigían 50.000 dólares para liberar a la víctima y no atentar contra su vida.

Los números telefónicos de los que enviaron los mensajes extorsivos permitieron ubicar el lugar donde se encontraba el secuestrado. Acto seguido, se organizó un operativo en el que fue liberado y que permitió la aprehensión de dos personas –presuntos integrantes de la organización terrorista “Los Lobos”– que se encontraban custodiando a la víctima.

Para justificar su pedido de prisión preventiva y el inicio de la instrucción fiscal, Fiscalía presentó como elementos de convicción: el informe investigativo, el parte policial del operativo de rescate y aprehensión, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias, entre estas, dos teléfonos celulares de los aprehendidos, que serán sometidos a las pericias respectivas para extraer información relevante para el proceso.

Luego del análisis de todos los elementos presentados, el Juez que conoció la causa acogió la solicitud fundamentada de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los dos procesados. Además, ordenó medidas de protección a favor de la víctima y su padre.

La instrucción fiscal durará treinta días.

Información jurídica

El secuestro extorsivo está tipificado en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años. (FGE)

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