Rumiñahui (Pichincha).- Harol C. S., Rolando E. J. y Geovanny A. E. son procesados por el delito de robo.
La noche del pasado 9 de diciembre, habrían asaltado a los usuarios de una unidad de transporte público interparroquial en el sector de El Choclo, en Sangolquí.
En la audiencia de calificación de flagrancia, el Fiscal –basado en el parte policial– explicó que el violento robo ocurrió alrededor de las 21:30. Según las versiones de los pasajeros, los asaltantes habrían utilizado armas blancas para robar teléfonos celulares y otros objetos personales.
Tras el atraco, los tres procesados huyeron a bordo de un automóvil que los esperaba cerca del autobús.
Uno de los afectados reportó a la Policía que su teléfono tenía un dispositivo de rastreo. La señal ubicó el celular en un inmueble en el sector de Monjas, en Quito, donde se ejecutó un allanamiento en flagrancia.
El vehículo en el que huyeron los procesados estaba estacionado afuera de la vivienda. La Policía ingresó y encontró a los tres implicados, quienes fueron reconocidos por las víctimas como los responsables del robo.
En el allanamiento, se incautaron treinta y cinco teléfonos celulares, documentos personales, cuatro cuchillos y una pistola traumática (no letal) que, según un peritaje, era apta para disparar.
Las versiones de los agentes aprehensores, las de las víctimas y sus denuncias fueron parte de los elementos de convicción expuestos por Fiscalía, lo que permitió al Juez ordenar la prisión preventiva de los tres implicados.
Otro proceso
Pablo David P., Silvio Daniel E. y Ángel Sebastián P. también se encuentran con prisión preventiva, ya que fueron aprehendidos durante el operativo en Monjas.
Fiscalía les formuló cargos –en otra audiencia– por el delito de receptación, pues presuntamente ocultaban y custodiaban los bienes robados de los pasajeros del bus.
El caso de receptación se tramita por procedimiento directo, dado que la pena no supera los cinco años de privación de la libertad, según el artículo 640 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La audiencia de juico contra Pablo David P., Silvio Daniel E. y Ángel Sebastián P. está programada para el 31 de diciembre a las 10:30.
Información jurídica
El delito de robo está tipificado en el artículo 189, inciso 2, numeral 2 del COIP, mientras que el de receptación se lo sanciona en el artículo 202 de la misma norma. (FGE)
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