Quito (Pichincha).- Carlos Patricio D. P., rector y propietario del colegio Global del Ecuador (en 2016) fue declarado autor responsable de homicidio culposo.
Así lo resolvió el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso, que –además– le impuso una pena privativa de libertad de tres años, el pago de una multa de diez salarios básicos unificados y una reparación de 10.000 dólares.
En la sentencia mixta, se declaró el estado de inocencia de las otras tres docentes procesadas.
En la resolución en contra de Carlos Patricio D. P., los jueces afirmaron que –como rector y dueño de la institución educativa– tenía la obligación de colocar sistemas de seguridad, como cámaras de vigilancia y una persona que esté a cargo del cuidado de las instalaciones.
Global del Ecuador
En el colegio Global del Ecuador (suspendido en 2017), la mañana del 24 de junio de 2016, un alumno encontró a Valentina C., de 11 años, en el área de juegos infantiles. La niña no se despertaba ni se movía.
El alumno acudió con una de las profesoras y le dijo: “Valentina se había caído y no se levantaba”. Ante esto, la docente se comunicó con el ECU 9-1-1. El paramédico que acudió al lugar confirmó el deceso de la niña.
El día anterior, aproximadamente a las 15:15, al finalizar la jornada laboral del personal de la institución, Valentina jugaba en la zona infantil ubicada en la parte frontal de la escuela.
Información jurídica
Este caso se procesó y sentenció por homicidio culposo, por infringir el deber objetivo de cuidado, con base en el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con en el artículo 27 del mismo cuerpo legal.
El deber objetivo de cuidado, en esta causa, consiste en la atención especial que los profesionales deben tener para no incrementar el riesgo con acciones innecesarias, ilegítimas y peligrosas. Por ello, deben cumplir protocolos, reglamentos y disposiciones –en este caso– de seguridad escolar. (FGE)
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