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Adolescente es sentenciado por tentativa de asesinato

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 28 de noviembre de 2025.- Luego de haber valorado las pruebas expuestas por Fiscalía, el Juez especializado en materia de adolescentes infractores que conoció la causa dispuso una pena de tres años de internamiento institucional contra un adolescente por su participación en el delito de tentativa de asesinato.

El ataque ocurrió la tarde del 10 de septiembre de 2025, en la cooperativa Che Guevara. Las víctimas se trasladaban en un vehículo cuando fueron interceptadas por dos personas armadas, a bordo de una motocicleta; el conductor resultó herido.

Agentes de la Policía recibieron una alerta del ECU 9-1-1 sobre la presencia de personas presuntamente armadas en el sector. Durante el patrullaje, observaron un vehículo que circulaba a gran velocidad en sentido contrario, seguido por una motocicleta con dos ocupantes, quienes, al notar la presencia policial, aceleraron la marcha.

Tras una persecución ininterrumpida, el adolescente y otro involucrado fueron aprehendidos en flagrancia. Minutos antes habrían efectuado disparos contra el vehículo en el que se movilizaban las víctimas.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó como pruebas el testimonio de una de las víctimas, quien reconoció al ahora sentenciado como uno de sus agresores; el testimonio de los agentes aprehensores; la pericia de reconocimiento médico-legal, que determinó la causa de la lesión producida por un proyectil de arma de fuego y el período de incapacidad para una de las víctimas; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, entre otras.

Con base en estos elementos, el Juez que actuó en la audiencia acogió la teoría del caso presentada por Fiscalía y declaró la culpabilidad del adolescente, conforme al Código de la Niñez y Adolescencia (CONA).

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso por el presunto delito de asesinato, tipificado en el artículo 140, inciso primero, numeral 2, del Código orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 39, que establece la tentativa.

Dado que el sentenciado es adolescente, el Juez ordenó la aplicación de las medidas socioeducativas, conforme a lo dispuesto en el artículo 385, numeral 2, del Código de la Niñez y Adolescencia. (FGE)