Buena Fe (Los Ríos), 25 de febrero de 2026.- La Fiscalía General del Estado solicitó prisión preventiva para Yismari Z., César E. y Julio C., a quienes les formuló cargos por el delito de receptación. El Juez de la causa acogió el pedido con base en los argumentos expuestos en la audiencia.
El Fiscal del caso justificó la necesidad de la medida cautelar, debido a la presunta implicación de los procesados en la desaparición de un ciudadano en Quito, propietario del vehículo en el que fueron encontrados y cuya búsqueda continúa.
La instrucción fiscal se sustanciará mediante procedimiento directo, con una duración de veinte días. La audiencia en la que se resolverá la situación jurídica de los procesados se fijó para el 16 de marzo de 2026.
Durante la audiencia de calificación de flagrancia, Fiscalía informó que, en el contexto de los operativos de búsqueda relacionados con la desaparición de una persona en Quito, se reportó la presencia del vehículo en el que se movilizaba el ciudadano, en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos.
Un equipo de la Policía Nacional acudió a un taller mecánico. El propietario de dicho lugar identificó a tres personas que habían llegado en el vehículo, el cual fue verificado como el mismo que tenía reporte de robo desde el 20 de febrero. Por esta razón, fueron aprehendidos y puestos a órdenes de Fiscalía para su respectivo procesamiento penal.
Entre los principales elementos de convicción constan el parte informativo del suceso, las versiones de los agentes que participaron en la aprehensión, el informe de inspección ocular técnica y el acta de levantamiento de evidencias encontradas (teléfonos celulares, prendas de vestir y documentación que sería propiedad del ciudadano reportado como desaparecido).
Además, se incluyeron: la denuncia por el robo del vehículo y la denuncia por la desaparición de su propietario, entre otros elementos. Con base en estos antecedentes y en lo expuesto por las partes procesales en la audiencia, se dispuso la prisión preventiva de los tres procesados.
Información jurídica
El delito de receptación está tipificado en el artículo 202 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. (FGE)

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