9 años de prisión para alias ‘Fede’ y 10 procesados más por tráfico de armas

Guayaquil (Guayas), 06 de marzo de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria de nueve años y cuatro meses de prisión contra Celso M. H., alias “Patucho Celso”; Rolando G. Q., alias “Fede”; y otros 9 procesados, por el delito de tráfico ilícito de armas de fuego, tras haber sido aprehendidos el 10 de mayo de 2024, en una hacienda ubicada en el km 36 de la vía a la Costa, durante una reunión social.

Los participantes en el encuentro eran presuntos miembros de varios grupos delictivos, entre ellos algunos líderes de “Los Choneros”. En total, treinta y tres personas fueron aprehendidas por unidades especializadas de la Policía Nacional que participaron en el operativo.

Durante la intervención, se incautaron treinta y cuatro pistolas, tres carabinas, 1.300 cartuchos sin percutir de diversos calibres, catorce radios de comunicación, un chaleco antibalas, más de 200 teléfonos celulares y dinero en efectivo.

Fiscalía llamó a juicio a quince de los aprehendidos, de los cuales cuatro fallecieron antes de concluir el proceso.

En la audiencia de juzgamiento efectuada en la Unidad Judicial Albán Borja, el Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas, entre ellas testimonios de veinte personas, incluidos los agentes aprehensores e investigadores; además de informes de reconocimiento del lugar de los hechos, evidencias en cadena de custodia, pericias técnicas oculares, balísticas y certificados del Comando de las Fuerzas Armadas.

Los magistrados del Tribunal Penal, por unanimidad, acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía e impusieron la sentencia condenatoria contra Rolando Federico G. Q., alias “Fede”; Celso Miguel M. H., alias “Patucho Celso”; Leonardo T. C.; Arturo B. M.; Luis G. R.; Marcos F. G.; Marlon R. M.; Pedro S. V.; Geremías P. J.; Julio P. J.; y Josué A. T. Asimismo, los jueces impusieron el pago de una multa de veintiséis salarios básicos unificados.

Información jurídica

Fiscalía procesa este delito con base en el artículo 362, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el tráfico de armas y municiones con pena privativa de libertad de cinco a siete años; más las agravantes establecidas en el artículo 47, numeral 5, que incrementaron en un tercio la pena impuesta. El proceso se llevó a cabo con anterioridad a las reformas al COIP de julio de 2024. (FGE)