Sentencia de 19 años contra violador, ratificada

Lago Agrio (Sucumbíos), 07 de mayo de 2026.- La sentencia de diecinueve años de privación de la libertad impuesta contra Luis Ángel A. A. fue ratificada.

La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos acogió el pedido de Fiscalía y rechazó el recurso de apelación que interpuso la defensa del acusado. Además de la pena privativa de libertad, el fallo también ratificó el pago de la multa de 600 salarios básicos unificados y de 5.000 dólares por concepto de reparación integral.

En la audiencia de apelación, el abogado de Luis Ángel A. A. intentó convencer a la Sala de que el Tribunal de Garantías Penales —que dictó la sentencia de primera instancia—incurrió en errores de motivación, al no considerar supuestas violaciones al debido proceso de su patrocinado.

Dijo que el delito de violación no fue probado, pues la pericia cotejamiento de ADN arrojó un resultado negativo para el perfil genético del sentenciado.

En su réplica, la Fiscal del caso informó a la Sala que la joven, de 14 años, tras ser agredida sexualmente, se bañó en un río antes de acudir a la extracción de una muestra en el examen médico-legal.

El perito que practicó esta experticia compareció al juicio y confirmó que el agua alteró todo tipo de evidencia genética del procesado.

Sin embargo, en la audiencia de apelación, los magistrados valoraron lo expuesto por la víctima en su testimonio anticipado, en las pericias psicológica y de entorno social, y en el relato que expuso durante el examen médico-legal.

En todas las experticias, presentadas por Fiscalía como prueba durante el juicio, la víctima fue coherente en narrar los hechos ocurridos el 16 de diciembre de 2023, cuando fue agredida sexualmente alrededor de la 01:00. En todos sus relatos aseguró reconocer a Luis Ángel A. A. como su agresor.

Los jueces de segunda instancia, por unanimidad, coincidieron en que lo expuesto por la adolescente en las diferentes pericias y la evidencia de sus lesiones, son prueba suficiente para determinar la responsabilidad del acusado en el delito de violación.

Información jurídica

El delito de violación por el que se sentenció esta causa está tipificado en el artículo 170, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)