Ibarra (Imbabura), 07 de mayo de 2026.- Por unanimidad, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura revocó la sentencia absolutoria impuesta a Mario Rodrigo M. y lo condenó a veintidós años de prisión como autor del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a gran escala.
Fiscalía apeló el fallo del Tribunal de Garantías Penales, que fundamentó su decisión en un error de tipo, pues los jueces consideraron que el conductor y el dueño del vehículo no conocían del cargamento que transportaban.
En la audiencia de apelación, el Fiscal del caso solicitó que se valoren las pruebas practicadas en el juicio. Los magistrados acogieron los argumentos expuestos y revocaron la sentencia.
El caso
La mañana del 4 de septiembre de 2024, el procesado conducía un vehículo tipo jeep. Al llegar al Control Integrado de Mascarilla, servidores policiales efectuaban una revisión de rutina con la ayuda de un can antinarcóticos, que dio la alerta.
Cuando los uniformados inspeccionaron el piso del vehículo, se percataron que tenía un doble fondo, de donde extrajeron 153 paquetes tipo ladrillo con una sustancia blanquecina. Luego de las pruebas químicas, la droga dio positivo para cocaína, con un peso neto de 153.400 gramos.
Información jurídica
El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)

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