A nivel comunitario, nacional y local, la evidencia científica y la presión social han logrado desterrar el encadenamiento permanente como forma de vida para las dos especies más populares como animales de compañía.
La estampa de un perro custodiando una finca atado a un bidón adaptado como caseta o a una pared con tres metros de cadena oxidada se ha aceptado como parte del paisaje rural en buena parte de Europa. Sin embargo, en cuestión de tres años, el marco jurídico del continente ha dado un vuelco definitivo.
La aprobación del primer Reglamento Europeo sobre el bienestar de perros y gatos (abril de 2026), la reforma legislativa en Polonia (julio de 2026) y la Ley de Bienestar Animal en España (Ley 7/2023) conforman hoy un frente institucional sin fisuras en el que mantener a un animal de compañía atado de forma permanente es, a todos los efectos, una forma de maltrato prohibida por ley.
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El marco comunitario
El punto de inflexión global ha llegado desde Bruselas, cuando el Parlamento Europeo aprobó en abril de este año, por una abrumadora mayoría de 558 votos, el primer paquete legislativo común para la protección de perros y gatos en los 27 Estados miembros.
La norma comunitaria aborda directamente la praxis de atar a los animales detallando que queda prohibido de manera explícita atar o encadenar a perros y gatos dentro de la UE, con la única excepción de prescripciones o tratamientos veterinarios temporales.

Asimismo, el reglamento armoniza el mercado europeo exigiendo el microchip obligatorio y el registro en bases de datos interoperables para frenar el tráfico ilícito, prohibiendo las mutilaciones estéticas y vetando los collares de castigo o ahogo que no incorporen sistemas de liberación de seguridad.
El caso de Polonia, el fin de las cadenas de 3 metros
Si hay un país donde esta transición ha generado un debate social intenso, ha sido Polonia. La legislación polaca de 2011 contenía una rendija legal muy criticada por los colectivos proteccionistas, que permitía tener al perro encadenado hasta 12 horas al día si la cadena medía al menos 3 metros. En la práctica, esto imposibilitaba la fiscalización y perpetuaba el encadenamiento continuo.
El 24 de julio de 2026, el presidente Karol Nawrocki promulgó la enmienda a la Ley de Protección Animal que prohíbe tajantemente mantener perros y gatos atados en los hogares. La nueva norma obliga a que los animales vivan dentro de las viviendas, en parcelas bien valladas o, en su defecto, en recintos o caniles con requisitos estrictos de aislamiento térmico, luz natural y ejercicio diario obligatorio fuera de la instalación.
Las sanciones en el país polaco llegan hasta los 23.000 euros e incluyen penas de hasta 5 años de prisión para casos de crueldad extrema.
El artículo 27 de la Ley 7/2023
España ya había recorrido parte de este camino en septiembre de 2023 con la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
El texto estatal español es rotundo en su Artículo 27.a, donde tipifica como prohibición expresa el “mantenerlos permanentemente atados o circulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable”. A esto se le suma el límite temporal del Artículo 27.b, que impide dejar a un perro sin supervisión durante más de 24 horas consecutivas.
La normativa española aclara que la sujeción mediante correa solo es legal como medida puntual durante el paseo, durante el transporte o por intervenciones veterinarias, pero jamás como método de alojamiento o custodia habitual.
Un cambio ético respaldado por la ciencia
El fin de las vidas encadenadas responde al consenso veterinario y etológico de que el aislamiento social y la restricción permanente de movimientos favorecen la aparición de ansiedad crónica, frustración, miedo y problemas de conducta en los perros, además de limitar gravemente su capacidad para desarrollar comportamientos propios de la especie.
Sin embargo, la realidad dista mucho de haber cambiado por completo. En numerosos entornos rurales todavía es posible encontrar perros que pasan gran parte de su vida atados con una cadena, una práctica que durante décadas se ha considerado normal y que, en algunos lugares, continúa justificándose bajo la idea de que “siempre se ha hecho así”. La menor visibilidad de estos casos, el aislamiento de muchas viviendas y la escasez de denuncias hacen que estas situaciones pasen con frecuencia desapercibidas.
Precisamente por ello, la nueva normativa europea supone un cambio de paradigma. Reconoce que los perros no son herramientas ni sistemas de vigilancia, sino animales de compañía con necesidades que deben ser respetadas. Que esta visión llegue a convertirse en la norma dependerá de las leyes y también de la información, la concienciación y el compromiso colectivo para dejar atrás prácticas que hoy sabemos que comprometen seriamente su calidad de vida.
Fuente: 20minutos.es

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