Sentenciado a 16 años de prisión por tráfico de armas en Machala

Machala (El Oro), 07 de octubre de 2026.- Durante un allanamiento efectuado en el domicilio de Julio N., las autoridades encontraron, debajo de su cama, un revólver calibre .38, municiones y dos cartucheras calibre 12.

El hecho ocurrió el 20 de junio de 2025, cuando la Policía Nacional ejecutó un operativo. Julio N. fue aprehendido en delito flagrante e inmediatamente se iniciaron las diligencias investigativas. Fiscalía le formuló cargos por su participación en el delito de tráfico de armas.

En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal de Fedoti 1 de Machala sustentó su acusación con los testimonios de los agentes aprehensores, los informes periciales de balística, municiones y explosivos, el reconocimiento del lugar de los hechos y de las evidencias, entre otras pruebas.

Tras valorar las pruebas presentadas, el Tribunal dictó sentencia condenatoria contra Julio N., como autor directo del delito, y le impuso dieciséis años de pena privativa de libertad.

Información jurídica

El tráfico ilícito de armas de fuego está tipificado y sancionado en el artículo 362 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)