Padrastro es sentenciado a 7 años de prisión por abuso sexual

Morona (Morona Santiago), 30 de octubre de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de siete años de privación de libertad contra Jhonny René B., como autor del delito de abuso sexual.

El Tribunal Penal también dispuso que el sentenciado pague 5.000 dólares, destinados al tratamiento psicológico de la víctima.

En la audiencia de juicio, el Fiscal que investigó el caso expuso que Jhonny René B. abusó sexualmente de su hijastra, de 12 años, en cinco ocasiones. Después de las agresiones, la amenazaba de muerte y le entregaba dinero.

La última agresión sexual ocurrió el 23 de diciembre de 2022, dentro de la vivienda familiar en el cantón Limón Indanza. El agresor aprovechó que la mamá de la víctima atendía un negocio en la plata baja del inmueble para subir al tercer piso, para perpetrar el delito.

Luego, para evitar que la madre de la víctima notara que ella estaba nerviosa y llorosa, Jhonny René B. llevó a su conviviente a comprar alimentos. Cuando ella regresó, observó que su hija había llorado y le preguntó qué le ocurría. Entonces, la adolescente le contó lo sucedido.

La madre enfrentó a su conviviente, quien inicialmente negó lo sucedido. Sin embargo, luego, en presencia de ella, del tío de la víctima y del agente aprehensor, aceptó su culpabilidad y le pidió perdón.

Fiscalía demostró los hechos con el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de la madre y del tío, del agente aprehensor y de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, de trabajo social y psicológica. Esta última demostró que la adolescente presentaba indicadores de daño psicológico que guarda relación con el delito investigado.

Información jurídica

El abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Se sanciona a la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es menor de 14 años, el agresor será sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años. (FGE)