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Condenado a 10 años de prisión por abuso sexual a su sobrino

Quevedo (Los Ríos), 29 de junio de 2023.- Fiscalía, con base en las pruebas presentadas en la audiencia de juicio, logró una sentencia de diez años de prisión por abuso sexual en contra de Michael M.

Un Tribunal de Garantías Penales dictó la pena y señaló que los valores correspondientes a multa y reparación integral, a la víctima de 5 años y sobrino de la víctima, serán detallados en la sentencia escrita.

El hecho investigado por Fiscalía ocurrió durante el confinamiento por la pandemia de Covid-19, en 2022. Debido a las dificultades para atender al pequeño y movilizarse, la madre de la víctima dejó al niño al cuidado de su abuela, mientras ella continuaba trabajando en Guayaquil.

En la vivienda, ubicada en el cantón Buena Fe, también residía el tío de la víctima y, debido a lo pequeño de la residencia, tenían que compartir la cama para dormir, ese hecho habría sido aprovechado por el agresor para cometer el delito.

Luego de varias semanas, el pequeño le contó lo sucedido a su madre y ella presentó una denuncia, lo que permitió que Fiscalía disponga la realización de varias pericias que permitieron obtener los suficientes elementos de convicción para iniciar un proceso penal en contra del agresor.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso probó la responsabilidad penal del procesado con los testimonios de la médica-legista que realizó el primer examen al niños quien, además, escuchó el relato de los hechos que el pequeño narró –en presencia de su madre–, lo que coincide con el resultado de la pericia psicológica.

Además, se presentó el testimonio de la madre y se reprodujo el testimonio anticipado del niño agredido, en cual fue calificado como concordante y creíble. Asimismo, se expuso documentación sobre el parentesco entre la víctima y el agresor, además del informe de reconocimiento del lugar de los hechos.

Información jurídica

Este caso fue procesado con base en lo tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de abuso sexual con pena privativa de libertad de siete a diez años, cuando la víctima es menor de 6 años. (FGE)