Colta (Chimborazo), 07 de marzo de 2024.- Sobre la base de las pruebas expuestas por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Aníbal Rolando R. A. a cinco años de pena privativa de libertad, como responsable de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala.
En la audiencia de juicio, el Fiscal Multicompetente del cantón presentó como pruebas: las versiones de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el parte policial informativo, el acta de verificación y pesaje de la sustancia encontrada, y el acta entrega de evidencias.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de agosto de 2022. Agentes de la Policía Nacional ejecutaban un operativo antidelincuencial en la vía Panamericana Sur, en el cantón Colta, donde detuvieron la marcha de un vehículo que era conducido por Aníbal Rolando R. A., quien viajaba con un acompañante.
Los uniformados, tras la inspección del automotor, encontraron un paquete tipo ladrillo, que dio positivo para pasta base de cocaína (con un peso neto de 296 gramos). También se halló dinero en efectivo, seis teléfonos celulares y otras evidencias.
Esta es la segunda sentencia condenatoria que Fiscalía obtiene en este caso. Como coautor, Nelson Enrique O. F. ya fue sentenciado –mediante procedimiento abreviado– a treinta y cuatro meses de privación de libertad, el 29 de septiembre de 2022.
Información jurídica
El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c (alta escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad va de cinco a siete años. (FGE)
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