Guayaquil (Guayas).- Tribunal acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y sentenció a cinco años de pena privativa de libertad a Mario Alejandro L. P., por el delito de robo usando un arma de fuego. El hecho ocurrió en el parque central de la ciudadela Ferroviaria, noreste de Guayaquil, el 27 de abril de 2023.
En audiencia de juzgamiento Fiscalía presentó las pruebas documentales, periciales y testimoniales, que corroboraron la existencia material del delito y la culpabilidad y responsabilidad del procesado en el hecho investigado.
Entre ellas, los informes y pericias técnicas, informe de evidencias, partes de detención, la denuncia de la perjudicada, los testimonios de agentes aprehensores e investigadores del hecho, entre otros. Fiscalía presentó, además, 11 testimonios, entre estos, la de los agentes de Policía, peritos balísticos y otros.
Los jueces del Tribunal Penal acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía y emitieron sentencia condenatoria, una multa de 12 salarios básicos unificados y 920 dólares como reparación integral a la víctima.
El hecho ocurrió el 27 de abril de 2023. Según denuncia presentada por la perjudicada, dos sujetas se encontraban en el parque central de la ciudadela Ferroviaria, quienes empezaron a seguirla, alcanzándola metros más adelante, donde procedieron a sacar armas de fuego y a agredirla físicamente.
Ellos la despojaron de su bolso que contenía documentos personales, tarjetas de crédito, su teléfono celular y uniformes donde laboraba, los agresores huyeron del sitio, mientras que la víctima –con ayuda de personas que estaban en el lugar– reportó el hecho al Sistema de Seguridad ECU-911.
Con la información obtenida, agentes de Policía pudieron ubicar a uno de los asaltantes. En su poder encontraron un arma de fuego y parte de lo sustraído.
En la audiencia de formulación de cargos, un Juez de Garantías Penales no acogió el pedido de prisión preventiva solicitado por la Fiscalía y dictó arresto domiciliario –medida que conserva hasta ahora–, acogiendo la documentación presentada por la defensa técnica que indicaba que el procesado sufría de alteraciones mentales, según certificados emitidos, aparentemente, por el Instituto de Neurociencias de esta ciudad.
La Fiscalía solicitó certificar ese documento médico por parte de la entidad de salud, pero hasta la fecha no ha sido confirmado.
Información jurídica
La Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 189, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de robo, con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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