Loja (Loja), 28 de septiembre de 2026.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que estuvo a cargo del proceso sentenció a veintidós años de pena privativa de libertad a Pablo S., declarado culpable del delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización. El sentenciado fue aprehendido a pocos kilómetros de la frontera con Perú, con 731 kilos de marihuana.
El hecho ocurrió en Amaluza, cantón Espíndola, a pocos kilómetros de la frontera con Perú. Agentes de la Unidad Nacional Antidrogas de la Policía recibieron información reservada sobre un inmueble que estaría siendo utilizado para el acopio de sustancias ilícitas.
Personal policial acudió al lugar y observó a varias personas que cargaban un camión. Ante un posible delito flagrante, ejecutó un allanamiento. Dentro del inmueble se encontró a cinco personas que cargaban andamios metálicos en el vehículo. Al revisar las estructuras, los agentes constataron que presentaban alteraciones y contenían una sustancia verdosa con características similares a la marihuana.
Por razones de seguridad, los andamios y el camión fueron trasladados al Comando Policial de Loja, donde se levantaron los indicios y se confirmó que la sustancia era marihuana. Las cinco personas fueron aprehendidas y procesadas por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización.
En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó los testimonios de los agentes policiales que participaron en el allanamiento y la aprehensión de los procesados. También incorporó el informe de inspección ocular técnica y el acta de levantamiento de evidencias, en la que constan 150 andamios contaminados con droga y un vehículo.
Entre los principales elementos de convicción consta el acta de pesaje y verificación de la sustancia, cuyo resultado fue positivo para 731.000 gramos de marihuana.
Luego del análisis de las pruebas presentadas durante el juicio, el Tribunal declaró culpable a Pablo S. y ratificó el estado de inocencia de los otros cuatro procesados, al determinar que no tenían conocimiento del contenido de las estructuras metálicas.
Información jurídica
El artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización con pena privativa de libertad de hasta veintiséis años. (FGE)

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