Quito (Pichincha), 01 de mayo de 2024.- El agente fiscal de Francisco de Orellana, Álex A., fue llamado a juicio por su presunta participación en el delito de concusión. La decisión fue anunciada de forma oral por el Juez de la causa, luego de que analizara los elementos de convicción presentados por la Institución en la audiencia preparatoria de juicio.
Según lo expuesto por el Fiscal de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de la Fiscalía General del Estado a cargo del caso, esta causa empezó luego de que se presentara una denuncia en contra del hoy procesado, por un presunto acto de corrupción.
De inmediato se abrió la respectiva investigación, que contó con el acompañamiento de la Dirección de Transparencia en la Gestión de Fiscalía, lo que permitió obtener los elementos de convicción necesarios para formular cargos contra el funcionario público en cuestión.
La denuncia fue presentada a través del Buzón de Transparencia, que se encuentra en la sitio web institucional. En esta, una mujer informó que un agente fiscal en la provincia de Orellana, en 2020, le habría pedido dinero (alrededor de 8.000 dólares) para actuar a favor de un familiar en un caso de violación por el que era investigando.
La víctima relató que el ofrecimiento no se cumplió y que –por esa razón– pidió la devolución del dinero, lo que habría ocurrido en 2022, luego de meses de presión por parte de la mujer.
Durante la audiencia preparatoria de juicio –para sustentar su solicitud de llamado a juicio–, Fiscalía presentó como principales elementos de convicción: las versiones de la víctima y de su hermana, quien solicitó un crédito bancario para cancelar el dinero solicitado por el ahora procesado; y, una pericia contable que evidencia el movimiento de dinero e información bancaria respecto a la devolución del monto entregado por la víctima.
Se incluyeron informes de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), del Servicio de Rentas Internas (SRI) y documentos que determinan que el involucrado es funcionario de Fiscalía, y que el día de los hechos se encontraba de turno. A ellos se sumaron las pericias practicadas a la información extraída de teléfonos celulares y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.
Luego de escuchar los argumentos expuestos por la Institución, el Juez de Especializado en Corrupción y Crimen Organizado a cargo del caso dictó el auto de llamamiento a juicio y las medidas cautelares de prohibición de salida del país, presentaciones periódicas ante la autoridad y el uso del dispositivo de vigilancia electrónico para el procesado.
Información jurídica
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla una pena máxima de siete años de pena privativa de libertad. (FGE)
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