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Prisión preventiva para 4 presunto integrantes de ‘Los Choneros’

Manta (Manabí), 02 de mayo de 2024.- En un operativo ejecutado por personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, cuatro personas –que portaban armas de fuego y drogas– fueron aprehendidas. Fiscalía las procesa por su presunta participación en los delitos de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización y por tenencia y porte no autorizado de armas.

El Juez de la causa aceptó el pedido de Fiscalía y dispuso prisión preventiva para José Armando Z., José Arcenio Z., Antonio Wladimir V. y Carlos José A., quienes –según el reporte entregado por las fuerzas del orden– serían parte del grupo terrorista “Los Choneros”.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal del caso informó que un equipo de las Fuerzas Armadas que patrullaba en el barrio 6 de Mayo, en Manta, observó la actitud sospechosa de un grupo de personas, por lo que se procedió con un registro. Entre sus pertenencias se encontraron varias dosis de sustancias sujetas a fiscalización (que estarían destinadas para la venta), dos armas de fuego y municiones.

Agentes de Policía que acudieron al lugar formalizaron la aprehensión y pusieron a los cuatro a órdenes de Fiscalía para su procesamiento.

Entre los principales elementos de convicción presentados en la audiencia se incluyeron: el parte policial informativo y de aprehensión, el acta de análisis y pesaje del alcaloide encontrado, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias (dos armas de fuego, una alimentadora y municiones de diferentes calibres).

Los elementos fueron analizados por el Juez de la causa, quien –acogiendo el pedido de Fiscalía– dispuso la medida cautelar de prisión preventiva y el inicio de la instrucción fiscal de treinta días.

Información jurídica

El artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización (alta escala) con pena privativa de libertad de cinco a siete años; y, el artículo 360 del mismo cuerpo legal, que puede ser sancionado con una pena máxima de cinco años de prisión. (FGE)