Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 9 de mayo de 2024.- Luego de que el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa valorara las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado en la audiencia de juzgamiento, José Jinson M. fue sentenciado a cinco años de prisión como autor directo del delito de estafa, perpetrado contra dos personas.
Además, los magistrados dispusieron el pago de 13.000 dólares como medida de reparación integral y una multa de doce salarios básicos unificados.
Uno de los perjudicados adquirió un automóvil, por medio de un crédito entregado por una concesionaria en 2017. Sin embargo, debido a la pandemia por Covid-19, se quedó sin capacidad de pago, por lo que –en septiembre de 2020– cedió el vehículo a José Jinson M. Ambos acordaron que el ahora sentenciado completaría los pagos de las cuotas restantes a la concesionaría. Pero eso no ocurrió.
El 21 de abril de 2021, la segunda víctima compró el vehículo al ya sentenciado –quien dijo ser el propietario– por 12.000 dólares (monto del perjuicio), mediante un acuerdo de pago que incluyó la entrega de un auto valorado en 5.000 dólares (propiedad de la perjudicada) y el desembolso de 7.000 dólares en efectivo.
En marzo de 2021, la concesionaria se contactó con el primer perjudicado para informarle que su crédito se encontraba en mora. Luego, se enteró de que su carro –con gravamen (restricción de venta)– había sido vendido por José Jinson M. a otra persona. En ese momento, denunció el hecho en Fiscalía.
En la audiencia de juicio, la Fiscal del caso expuso como pruebas: los testimonios de las víctimas y del perito de criminalística que practicó el reconocimiento de la evidencia recabada, y la pericia de identificación de grabados y seriales del automotor.
También expuso –como parte de la prueba documental– los oficios emitidos por la Empresa Pública Municipal de Transporte de Santo Domingo, que certifican el historial de dominio de los dos vehículos (el auto negociado por el ya sentenciado y el de propiedad de una de las personas perjudicadas).
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito de estafa, tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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