Portoviejo (Manabí), 15 de mayo de 2024.- Luego de analizar los argumentos expuestos por Fiscalía, Tribunal de la Corte Provincial negó el recurso de apelación presentado por Eloy Fabián V. y ratificó la sentencia de veintidós años de prisión impuesta en su contra –en primera instancia– por su responsabilidad en la violación a una niña de 10 años.
También se deberá cumplir con el pago de una multa de 600 salarios básicos unificados y de 1.000 dólares como reparación integral a la víctima.
En la audiencia de apelación, el Fiscal del caso informó que los hechos probados en la audiencia de juicio ocurrieron en 2020, en la parroquia Abdón Calderón del cantón Portoviejo. La víctima –de 10 años a la fecha los hechos– visitaba la casa del agresor, debido a que la hija de este último la ayudaba con sus tareas escolares.
El ya sentenciado aprovechaba los momentos en que su hija salía de casa o debía cumplir con otras ocupaciones para cometer el delito que –se demostró– ocurrió en varias ocasiones. El último de los ataques fue evidenciado por la madre de la víctima, quien –debido a que la niña no regresaba a la casa y nadie le contestaba– fue hasta la vivienda del agresor y observó por una hendija de la puerta lo que ocurría.
Debido a que el agresor es cuñado de la madre de la víctima –y por el temor que manifestaba la agraviada– el hecho no fue informado de inmediato. No obstante, luego de unos días, la denuncia fue presentada en Fiscalía, lo que permitió el inicio del proceso penal en el que se obtuvo una sentencia, que ahora fue ratificada por el Tribunal de la Corte Provincial
Fiscalía solicitó que se analicen –nuevamente– las pruebas presentadas, entre estas: el testimonio anticipado de la víctima y el testimonio de su madre. Además, el informe médico legal y la evaluación psicológica, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el informe de entorno social, entre otras.
Luego de analizar los argumentos de las partes procesales y de revisar las pruebas incluidas en el proceso, los miembros del Tribunal de Apelación ratificaron la condena en todas sus partes.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y quien lo cometa será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. (FGE)
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