Guayaquil (Guayas), 27 de mayo de 2024.- Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses de prisión para Juan Evelio B. N., como autor de la violación perpetrada contra su hijastra de 14 años. El delito se consumó al interior del domicilio de la víctima –ubicado en el cantón Lomas de Sargentillo, provincia de Guayas– y fue denunciado por la madre de ella, 11 de julio de 2023.
En la audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género a cargo del caso presentó como pruebas: el testimonio de doce personas, entre peritos médicos, trabajadora social, la denunciante y los agentes investigadores. Además, se reprodujo el testimonio anticipado de la agraviada, en el que identificó plenamente a su victimario.
También expuso el parte e informe de investigación, la denuncia presentada en Fiscalía, la valoración psicológica y de entorno social, y los informes médico-legal ginecológico y de reconocimiento del lugar.
Los magistrados del Tribunal Penal acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía y sentenciaron –en el grado de autor– a Juan Evelio B. N., imponiéndole una pena privativa de libertad de veintinueve años y cuatro meses, y el pago de una multa de 1.067 salarios básicos (490.280 dólares) y de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
Contexto
Según la denuncia presentada por la madre de la agraviada, la adolescente de 14 años le narró que su padrastro –la noche del 11 de julio de 2023– la agredió sexualmente, luego de que consumió una bebida con alguna sustancia que le hizo perder el conocimiento.
La progenitora indicó –además– que su pareja habría abusado de la víctima en otras ocasiones, desde que tenía 8 años, y que siempre la amenazaba con matarla a ella u otro miembro de la familia para que no contara lo sucedido.
El día de los hechos, la madre llegó al domicilio en horas de la noche y su hija le narró lo ocurrido. Con ayuda de varias amigas –a las que les contó de inmediato– avisaron a la Policía Nacional, que acudió al lugar y aprehendió a Juan Evelio B. N.
En la respectiva audiencia, desarrollada al día siguiente, el Juez de Garantías Penales que conoció la flagrancia –por pedido fundamentado de Fiscalía– le dictó prisión preventiva.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 171, inciso 1, numeral dos, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. Además, se sumó la agravante de los artículos 47, numeral 11, y 48, numeral 5, del mismo cuerpo legal, lo que incrementó la condena impuesta. (FGE)
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