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Sala Penal ratifica sentencia de 5 años para responsable de estafa a través de internet

Colta (Chimborazo).- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Ingrid Adriana S. N. y ratificó la sentencia dictada en su contra (cinco años de prisión), como autora directa del delito de estafa.

En la audiencia de apelación, los jueces rechazaron los argumentos presentados por la defensa de la acusada y manifestaron estar de acuerdo con la sentencia emitida por el Tribunal de primera instancia, en la audiencia desarrollada en mayo de 2024.

La Corte Provincial de Justicia consideró que las pruebas presentadas por el Fiscal Multicompetente, del cantón Colta, demostraron la responsabilidad penal de Ingrid Adriana S. N. Se presentó como pruebas: testimonio de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia del perjudicado, el certificado de datos de identificación, el informe de movimientos bancarios de la víctima, entre otras.

Nuevamente, Fiscalía demostró que el 1 de junio de 2022 la procesada habría utilizado la red social Facebook, para hacerse pasar por un familiar de la víctima. A través de este medio, le informó que había enviado una maleta con mercadería valorada en 24 400 dólares, mediante una empresa de transporte de carga; pero previamente debía pagar 4 880 dólares, dinero que fue depositado en una cuenta bancaria a nombre de la ahora sentenciada.

Luego de percatarse que fue víctima de una estafa, el afectado presentó la denuncia. De esta manera se pudo iniciar las investigaciones correspondientes para ubicar a la mujer y su posterior procesamiento penal.

Tras haber escuchado a los sujetos procesales, los jueces de la Corte Provincial resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron el fallo en todas sus partes: Ingrid Adriana S. N., además de cumplir su condena, deberá pagar 4 880 dólares como reparación integral a la víctima y una multa de doce salarios básicos unificados.

Información jurídica

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP); que se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)

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