Guano (Chimborazo), 19 de mayo de 2025.- Luego de haber analizado las pruebas expuestas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Juan Manuel C. Y. a veintidós años de pena privativa de libertad, en calidad de autor directo del delito de violación, perpetrado contra su hijastra de 9 años.
El fallo incluye el pago de 5.000 dólares como medida de reparación integral a la víctima. Además, se dispuso que reciba tratamiento psicológico, el cual será proporcionado por la entidad pública competente.
El hecho investigado y probado en la audiencia de juicio ocurrió el 1 de septiembre de 2025. Juan Manuel C. Y. agredió sexualmente a su hijastra dentro del domicilio familiar, en el sector Cagauji Alto, del cantón Guano.
Ese día, la madre de la niña salió a unos terrenos de su propiedad para cumplir con labores agrícolas, lo que fue aprovechado por el padrastro para cometer el delito. A pesar de que Juan Manuel C. Y. la amenazó para que guardara silencio, la víctima le contó lo sucedido a su madre, quien denunció el hecho de inmediato; el agresor fue aprehendido ese mismo día.
Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso expuso las pruebas obtenidas durante la investigación, entre ellas el examen médico-legal ginecológico practicado a la niña, que evidenció la agresión; los informes investigativos de la Policía Judicial (Uncis Chimborazo), que incluyen el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y versiones.
Asimismo, se dieron a conocer los resultados de la pericia de ADN, que confirmaron la presencia de material genético del agresor.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya sanción es una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años cuando la víctima sea menor de catorce años. (FGE)

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