Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 08 de junio de 2026.- Con base en la carga probatoria presentada por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a Patricio Antonio L. N. como autor directo del delito de secuestro extorsivo y le impuso la pena máxima agravada de veintiocho años, cinco meses y diez días de privación de libertad.
El fallo incluye el pago de una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados y, como medida de reparación integral, el pago de 1.000 dólares a favor de la víctima.
El hecho investigado por la Fiscalía de Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) ocurrió el 25 de septiembre de 2025.
Según la investigación, la víctima fue contactada a través de una plataforma digital para efectuar un flete desde Santo Domingo a Quito. Los presuntos usuarios le enviaron una ubicación en la cooperativa Santa Martha. Al llegar al lugar, fue interceptada por seis sujetos armados.
Los implicados dispararon, golpearon al agraviado y le provocaron una lesión en el codo que le ocasionó tres días de incapacidad. Luego, le sustrajeron el camión tipo furgón y lo mantuvieron secuestrado durante más de una hora.
De manera simultánea, la Policía fue alertada del hecho y ejecutó un operativo en la dirección proporcionada. Al llegar al sector, Patricio Antonio L. N. y un adolescente se percataron de la presencia policial e intentaron huir; sin embargo, fueron neutralizados metros más adelante. Tras el registro corporal, se les encontraron dos teléfonos celulares.
Posteriormente, los uniformados localizaron a la víctima en una vivienda abandonada, donde se encontraba maniatada. Luego de ser liberado, el hombre proporcionó información del sistema de rastreo satelital, lo que permitió ubicar su vehículo sustraído en la lotización San Ignacio.
En ese momento, el agraviado reconoció a Patricio Antonio L. N. y al adolescente como dos de las personas que participaron en el hecho delictivo. Ambos fueron aprehendidos en delito flagrante.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscal del caso demostró la participación del ahora sentenciado mediante las pruebas recabadas durante la investigación. Entre las principales constan los testimonios de los agentes aprehensores, el examen médico-legal practicado a la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, así como la pericia de informática forense que permitió la extracción, explotación y preservación de dos dispositivos celulares.
Como prueba documental, Fiscalía incorporó el certificado único vehicular del camión sustraído, el cual acredita a la víctima como su propietario.
Información jurídica
Fiscalía judicializó este caso por el delito de secuestro extorsivo, tipificado en el artículo 162, inciso primero y segundo, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, se aplicó la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, por haberse cometido la infracción con la participación de dos o más personas. (FGE)

Mas noticias
Operativos “Libertad” afectan a estructuras criminales y evitan el pago de más de 873 mil dólares en extorsiones
Dos aprehendidos con armas, municiones y material explosivo en Esmeraldas
2 procesados por presunto tráfico de 1,75 toneladas de cocaína