Ambato (Tungurahua), 30 de junio de 2025.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró culpable a Erick Jonathan B. B. como autor del delito de extorsión y le impuso una pena privativa de libertad de tres años.
El fallo también incluye el pago de una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados y una reparación integral de 1.000 dólares a favor de la víctima.
Durante el juicio, Fiscalía demostró que la investigación se inició el 19 de febrero de 2026, luego de que una ciudadana denunciara haber recibido mensajes intimidatorios a través de la red social Facebook, en los que desconocidos le exigían el pago de 2.000 dólares bajo amenazas. Ante el temor por su integridad, la de su familia y sus bienes, la víctima accedió a entregar parte del dinero solicitado.
Con el acompañamiento de la Policía Nacional, se ejecutó un operativo de vigilancia en el sitio acordado para la entrega del dinero. Durante la intervención, los agentes aprehendieron a dos ciudadanos: uno de ellos retiraba el sobre con el dinero y el otro mantenía comunicación mediante un teléfono celular, siguiendo las instrucciones enviadas a la víctima.
En la audiencia de juicio, Fiscalía sustentó la materialidad de la infracción y la responsabilidad penal del procesado con los testimonios de los servidores policiales que participaron en el operativo, así como de la víctima y de su esposo, quienes relataron las amenazas recibidas y el temor que estas les generaron.
Además, se incorporó el informe pericial psicológico que evidenció la afectación emocional sufrida por la víctima como consecuencia de las intimidaciones. También se presentaron los informes de reconocimiento del lugar de los hechos, las pericias de extracción y análisis de la información contenida en los teléfonos celulares incautados, en los que constaban mensajes relacionados con las exigencias económicas efectuadas a la víctima, así como el reconocimiento de las evidencias levantadas durante el procedimiento policial, entre ellas el dinero entregado y los dispositivos móviles.
Información jurídica
El delito de extorsión está tipificado y sancionado en el artículo 185, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)

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