Sucre (Manabí), 18 de septiembre de 2026.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía durante la audiencia de juicio, el Tribunal de Garantías Penales que conoció el caso sentenció a
Marcos B. y Luis C. a treinta y ocho años y ocho meses de prisión, como autores del delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, en concurso real de infracciones con el delito de armas y municiones no autorizadas. Sandra S. y Richard M. recibieron una pena de veintinueve años y cuatro meses por tráfico de drogas.
Los hechos ocurrieron el 29 de septiembre de 2025, en el sector Mangle 2000, en Bahía de Caráquez. Según información reservada recibida por la Policía Nacional, en un inmueble del sector se habrían desarrollado actividades ilícitas.
Durante la verificación de esta información, los agentes confirmaron la presencia de varias personas sospechosas y ejecutaron un allanamiento. Al ingresar al inmueble, encontraron a los cuatro procesados en la sala.
Durante la revisión corporal de Marcos B. y Luis C., los agentes encontraron un arma de fuego y sus respectivas municiones en poder de cada uno. Además, durante la inspección del inmueble hallaron varias fundas que contenían sustancias sujetas a fiscalización.
Los cuatro aprehendidos fueron puestos a órdenes de Fiscalía y se les formularon cargos. Según información proporcionada por agentes de la Policía Nacional, los sentenciados serían parte del grupo delictivo “Los Choneros”.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó trece pruebas de cargo, entre ellas, los testimonios de los agentes que participaron en el allanamiento y la aprehensión de los cuatro procesados, el reconocimiento del lugar de los hechos y las evidencias encontradas en el inmueble.
También se incluyó una pericia balística, que estableció que las armas y municiones se encontraban aptas para producir disparos. Asimismo, expuso el resultado de la pericia de pesaje y verificación de las sustancias incautadas, que determinó 190 gramos de pasta base de cocaína y 64 gramos de marihuana, distribuidas en pequeñas dosis.
Luego de haber analizado los elementos probatorios, el Tribunal declaró culpables a los cuatro procesados y dictó las penas correspondientes, considerando las circunstancias agravantes relacionadas con su actuación en grupo.
Información jurídica
El delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización se encuentra tipificado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mientras que el delito de armas y municiones no autorizadas está previsto en el artículo 361 del mismo cuerpo legal. (FGE)

Mas noticias
Aprehendimos a cuatro adolescentes por su presunta participación en un robo a mano armada en Sucumbíos
Aprehendimos a cuatro adolescentes por su presunta participación en un robo a mano armada en Sucumbíos
Tres aprehendidos por porte y tenencia de armas de fuego en Esmeraldas