Loja (Loja), 05 de octubre de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de trece años y cuatro meses en contra del abogado Ramiro C. El Tribunal de Garantías Penales, a cargo de la audiencia de juicio, acogió las pruebas presentadas y lo declaró culpable del delito de extorsión.
Los hechos investigados se iniciaron en 2019, cuando una mujer contrató los servicios de un abogado para que cobrara una deuda de aproximadamente 8.000 dólares que los dueños de un local comercial tenían con ella.
El hombre se valió de otras personas, quienes, a través de mensajes de texto y llamadas telefónicas, empezaron a extorsionar a las víctimas, amenazándolas con atentar contra su integridad física o la de su negocio si no cumplían con el pago del dinero que adeudaban.
Debido a que las amenazas y los mensajes extorsivos no cesaban, se presentó una denuncia en Fiscalía, con lo que se inició un proceso investigativo que permitió obtener suficientes elementos de convicción para formular cargos contra dos personas, quienes fueron sometidas a la etapa de juicio.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal a cargo del caso presentó, como principales pruebas, los testimonios de las víctimas, quienes narraron cómo se produjeron los hechos y el proceso mediante el cual fueron extorsionadas.
Además, se expuso una pericia de extracción y materialización de información de los teléfonos celulares de las víctimas, en los que se encontraron las conversaciones con los mensajes extorsivos.
También se ingresó la prueba documental con la que se demostró la relación comercial entre una de las procesadas y las víctimas.
Luego de analizar las pruebas presentadas por las partes procesales, el Tribunal declaró la culpabilidad del hoy sentenciado y ratificó el estado de inocencia de la segunda procesada, quien fue la persona que contrató al abogado para el cobro de la deuda. No obstante, Fiscalía esperará la notificación de la sentencia escrita para apelar, pues considera que, al tener conocimiento del hecho, tuvo participación en el delito.
Información jurídica
El delito de extorsión se encuentra tipificado en el artículo 185 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de hasta diez años. En este caso, se aplicaron circunstancias agravantes para incrementar la sentencia en un tercio. (FGE)

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