Quito (Pichincha), 27 de octubre de 2026.- Con base en los elementos de convicción expuestos por Fiscalía, la Jueza de Garantías Penales que conoció el caso dictó prisión preventiva contra Ángel Javier B. S., Deina Timoteo V. y Dennis Gustavo T. M., procesados por su presunta participación en los delitos de delincuencia organizada y estafa, en concurso real de infracciones.
Para Omar B. C., dispuso medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva. La instrucción fiscal tendrá una duración de noventa días.
La investigación previa se inició a partir de información policial recibida en mayo de 2026 y habría permitido identificar a un grupo delincuencial que operaba en Santo Domingo de los Tsáchilas, Chimborazo, Tungurahua y Pichincha, explicó la Fiscal del caso en la audiencia de formulación de cargos.
También reveló que los integrantes de este grupo habrían captado principalmente a personas adultas mayores mediante engaños, haciéndose pasar por médicos o funcionarios de salud y simulando haber obtenido premios de lotería. Valiéndose de esta modalidad, conocida como cambiazo, les habrían entregado paquetes de papeles sin valor a cambio de dinero en efectivo y, en algunos casos, joyas.
Para sustentar su teoría, Fiscalía expuso elementos de convicción que incluirían informes de vigilancia y seguimiento, registros audiovisuales, denuncias de las presuntas víctimas, reconocimientos de lugares y objetos, así como indicios encontrados durante los allanamientos ejecutados el 21 de octubre de 2026 en el Sur de Quito y en Alausí.
Las medidas cautelares
La Jueza consideró, al resolver sobre las medidas cautelares, que se cumplieron los requisitos del artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) respecto de los tres procesados a quienes dictó prisión preventiva.
Entre los aspectos valorados constan los elementos que vincularían individualmente a cada uno con los hechos investigados por Fiscalía y los riesgos de que no se presenten al proceso. Para ello, se tomó en cuenta la falta de un domicilio estable y verificable o de una actividad laboral acreditada, así como las funciones que presuntamente desempeñaban dentro de la estructura investigada. Estas serían:
Ángel Javier B. S., alias “Bruno”, habría identificado y captado a las víctimas, participado en los engaños y coordinado por teléfono la huida de los integrantes del grupo. Mientras que Deina Timoteo V., alias “Liz”, habría participado en la identificación y captación de las víctimas, además de cumplir funciones de vigilancia y distracción para facilitar la ejecución de los hechos.
Dennis Gustavo T. M., alias “Pancho”, habría cumplido funciones de conductor y apoyo logístico, facilitando el transporte de los integrantes y su huida. En cuanto al cuarto procesado, Omar B. C., alias “Chelo”, habría liderado el grupo, seleccionado a las víctimas y planificado y ejecutado los engaños, acercándose directamente a ellas.
Sin embargo, considerando que está próximo a cumplir 65 años y la disposición constitucional de sustituir la prisión preventiva por otras medidas para los adultos mayores, la Jueza ordenó la prohibición de salida del país y la presentación periódica dos veces por semana, por pedido de Fiscalía.
Información jurídica
Fiscalía formuló cargos por los delitos de delincuencia organizada, tipificado en el artículo 369 del COIP, y estafa, previsto en el artículo 186. (FGE)

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